Opinion legal

La burocracia ante las ayudas europeas: la ley de contratos públicos amenaza su absorción

  • España se enfrenta a una inyección sin precedentes en un lapso breve
  • Las trabas de la normativa amenazan el acceso al fondo de las pymes
  • Europa solo da una oportunidad para capturar las ayudas
Foto: Archivo.

Ignacio Faes

La Ley de Contratos del sector público llegó a España tarde y mal. Entró en vigor el 9 de marzo de 2018, tras casi con dos años de retraso por el bloqueo institucional y con 975 enmiendas añadidas del total de 1.081 presentadas por los partidos. Con esta larga tramitación, que obligó a la Comisión Europea a amenazar a España con con una multa diaria de 186.000 euros, el resultado fue una maraña de artículos que no han facilitado el objetivo de esta ley: la transparencia y la rapidez en los contratos con la Administración.

La norma parte de la exigencias de la Unión Europea. Bruselas quiere crear un marco común en materia de contratación pública para evitar la corrupción y los desvíos de dinero en varios Estados los últimos años. Sin embargo, la Comisión Europea hizo una Directiva que, en el caso de España, chocaba con la realidad del país, lo que ha hecho que en muchos casos la normativa haya sido de imposible cumplimiento. Como ejemplo, el texto exige que la Administración publique en un portal de Internet y por vía telemática las licitaciones. Sin embargo, en España, hay 400 ayuntamientos que no tienen ordenador y 800 sin conexión a Internet.

Uno de los aspectos más controvertidos es la inclusión del riesgo operacional para los que se adjudiquen un contrato público, que podrán perder su inversión. Esta nueva medida alertó a los empresarios, que se piensan desde entonces muy bien si acudir a una licitación. De esta forma, aumentó los problemas de financiación del Estado.

Fracaso para las pymes

La normativa llegó con promesas de mayor transparencia, simplificación de los trámites y eliminación de las trabas burocráticas y administrativas. La prolija ley, que regula en excesivo detalle los contratos con la Administración, provocó lo contrario. De hecho, el 80% de los empresarios que tienen algún tipo de relación comercial con el Estado aseguran que la ley no funciona. Rechazan que facilite las relaciones entre las pymes y la Administración y las empresas públicas, según el último Informe sobre Morosidad: Estudios de Plazos de Pago en España 2019 de la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad (PMcM).

Dos años después de su entrada en vigor, el Estado se enfrenta ahora al reparto de 140.000 millones de euros que -si finalmente Bruselas los desbloquea- llegarán a España en pocos meses. Gran parte del dinero se tendrá que adjudicar en tres años. Una normativa tan reglamentista amenaza con que parte de los fondos no se puedan capturar o que, aunque lleguen, no sirvan para mejorar el tejido productivo español y su delicada situación económica. Gran parte de estos fondos van orientados a las pymes, o lo que la UE considera como pymes, que son compañías medianas de menos de 500 trabajadores. Algunas empresas solo tendrán un acceso puntual al dinero.

Esta situación ha obligado al Gobierno a reformar el texto. La vicepresidenta primera del Gobierno, Carmen Calvo, anunció esta semana que el Ejecutivo va a aprobar, además de una nueva ley de la Administración Pública, un decreto ley para mejorar los niveles de coordinación entre todas las administraciones y garantizar así una "gestión eficaz" de los fondos europeos que va a recibir España. Además, anunció la reforma de la Ley de Contratos del Sector Público y su régimen jurídico y de las leyes Presupuestaria y de Subvenciones.

La semana pasada, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, se reunió con las patronales y los sindicatos. Moncloa les comunicó su intención de modificar la normativa y creó una mesa de trabajo para lograr el consenso con los agentes sociales. El encaje será vía real decreto ley y está previsto que deshaga varias de las exigencias incluidas en 2018.

¿Qué cambió en 2018?

Entre la multitud de medidas, la normativa introdujo la regulación de situaciones de conflicto de interés desde la óptica de la prevención. Se amplió, además, las prohibiciones de contratar y se dota de una nueva regulación a las Mesas de Contratación, no pudiendo formar parte de las mismas los cargos públicos representativos, ni el personal eventual. Se creó, para garantizar la libre concurrencia, la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de Proyectos e integrado en ella la Oficina Nacional de Evaluación, con el fin concreto de analizar la sostenibilidad financiera de los contratos de concesiones.

En materia procedimental, se creó el Procedimiento Abierto Simplificado y el Súper-simplificado. Se suprimió el negociado sin publicidad por razón de cuantía. El Procedimiento Negociado pasó a llamarse Procedimiento con Negociación y subrayó la obligación de negociar de forma explícita.