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Zonas de Bajas Emisiones (ZBE): qué son y dónde se encuentran
Sergio Guinaldo
En 2021, la Ley de cambio climático y transición energética estableció una serie de medidas para que las localidades redujesen paulatinamente las emisiones de gases de efecto invernadero y mejorasen su calidad del aire. Y para ello, la medida más conocida —a la par que controvertida— fueron las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE).
De manera simplificada, las ZBE son áreas delimitadas dentro de los municipios en las que los ciudadanos no pueden circular con vehículos que contaminen demasiado. La finalidad que persiguen es, por tanto, mejorar la calidad del aire dentro del los núcleos urbanos limitando el que es uno de los mayores focos de contaminación en las ciudades: el transporte por carretera.
Aunque estas zonas comenzaron a instalarse en algunas zonas (como Madrid o Barcelona) antes de que fuera obligatorio, la mayoría de ellas o se han implementado recientemente o están en trámite de hacerlo. Según lo establecido por ley, deben establecer ZBE aquellos municipios de más de 50.000 habitantes, así como los territorios insulares y los municipios de más de 20.000 habitantes cuando superen los límites de calidad del aire establecidos.
De esta forma, casi 150 ciudades españolas tenían que cumplir con este imperativo antes de 2023:
A Coruña, Albacete, Alcalá de Guadaira, Alcalá de Henares, Alcobendas, Alcoi, Alcorcón, Algeciras, Alicante, Almería, Aranjuez, Arganda del Rey, Arona, Arrecife, Ávila, Avilés, Badajoz, Badalona, Baracaldo, Barcelona, Benalmádena, Benidorm, Bilbao, Boadilla del Monte, Burgos, Cáceres, Cádiz, Calvià, Cartagena, Castelldefels, Castellón de la Plana, Cerdanyola del Vallès, Ceuta, Chiclana de la Frontera, Ciudad Real, Collado Villalba, Colmenar Viejo, Córdoba, Cornellà de Llobregat, Coslada, Cuenca, Dos Hermanas, El Ejido, El Puerto de Santa María, Elche, Estepona, Ferrol, Fuengirola, Fuenlabrada, Gandía, Getafe, Getxo, Gijón, Girona, Granada, Granadilla de Abona, Granollers, Guadalajara, Huelva, Huesca, Ibiza, Irún, Jaén, Jerez de la Frontera, L'Hospitalet de Llobregat, La Línea de la Concepción, Las Palmas de Gran Canaria, Las Rozas de Madrid, Leganés, León, Linares, Lleida, Logroño, Lorca, Lugo, Madrid, Majadahonda, Málaga, Manresa, Marbella, Mataró, Melilla, Mérida, Mijas, Molina de Segura, Mollet del Vallès, Móstoles, Motril, Murcia, Orihuela, Ourense, Oviedo, Palencia, Palma de Mallorca, Pamplona, Parla, Paterna, Pinto, Ponferrada, Pontevedra, Pozuelo de Alarcón, Reus, Rivas Vaciamadrid, Roquetas de Mar, Rubí, Sabadell, Sagunto, Salamanca, San Bartolomé de Tirajana, San Cristóbal de La Laguna, San Fernando, San Sebastián, San Sebastián de los Reyes, San Vicente del Raspeig, Sanlúcar de Barrameda, Sant Boi de Llobregat, Sant Cugat del Vallès, Santa Coloma de Gramenet, Santa Cruz de Tenerife, Santa Lucía de Tirajana, Santander, Santiago de Compostela, Segovia, Sevilla, Siero, Talavera de la Reina, Tarragona, Telde, Terrassa, Toledo, Torrejón de Ardoz, Torrelavega, Torremolinos, Torrent, Torrevieja, Utrera, Valdemoro, Valencia, Valladolid, Vélez, Vigo, Viladecans, Vilanova i la Geltrú, Villareal, Vitoria, Zamora, Zaragoza.
Aquí puedes consultar dónde están, en qué estado se encuentran y cuáles son sus restricciones
No existe una regla común para circular por todas las ZBE, sino que corresponde a cada ayuntamiento dictaminar las normas de cada ZBE. Sin embargo, sí que deben regir sus ZBE en función de las categorías establecidas por los distintivos ambientales (B, C, ECO y CERO).
En el caso de la capital, Madrid cuenta con tres ZBE: una de ámbito municipal y otras dos de especial protección.
Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE)
La Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE) ha ido endureciendo sus restricciones al cabo de los años. Esta abarca todas las vías del municipio, y prohíbe el acceso y la circulación de todos los vehículos que figuran con clasificación ambiental A. O lo que es lo mismo, a los que no les corresponde lucir ninguna etiqueta.
No obstante, existen algunas excepciones para los empadronados en el interior o para quienes transporten a personas con movilidad reducida, entre otros. En cualquier caso, a partir del 1 de enero de 2025 solo podrán circular con vehículos con clasificación ambiental A los vehículos adaptados para ser conducidos por o trasladar personas con movilidad reducida, los vehículos que tengan reconocida la consideración de 'históricos' o los vehículos de emergencias (extinción de incendios) y Fuerzas Armadas.
ZBEDEP Distrito Centro
La Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección del Distrito Centro es lo que en sus inicios se denominó popularmente como 'Madrid Central'. Comprende casi todo el distrito y queda delimitada por las siguientes vías: calle Alberto Aguilera, glorieta de Ruiz Jiménez, calle Carranza, glorieta de Bilbao, calle Sagasta, plaza de Alonso Martínez, calle Génova, plaza de Colón, paseo de Recoletos, plaza de Cibeles, paseo del Prado, plaza de Cánovas del Castillo, plaza del Emperador Carlos V, ronda de Atocha, ronda de Valencia, glorieta de Embajadores, ronda de Toledo, glorieta de la Puerta de Toledo, ronda de Segovia, cuesta de la Vega, calle Mayor, calle Bailén, plaza de España, (lateral continuación de la cuesta de San Vicente), calle Princesa y calle Serrano Jover.
En esta zona está restringida la circulación a los vehículos con clasificación ambiental A (sin etiqueta), mientras que los vehículos con clasificación ambiental B y C únicamente pueden hacerlo si estacionan en un aparcamiento público o privado.
ZBEDEP Plaza Elíptica
La Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección de Plaza Elíptica queda delimitada por las siguientes vías: calle Faro, avenida de Abrantes, calle Portalegre, avenida de Oporto, travesía de Antonia Lancha, calle Santa Lucrecia, calle Antonio Leyva, calle de Arlanza, lateral paseo de Santa María de la Cabeza en sentido entrada a Madrid hasta puente de los Capuchinos, calle Manuel Noya, calle Cerecinos, calle Fornillos, calle Ricardo Beltrán y Rozpide hasta el número 8, avenida Princesa Juana de Austria en sentido entrada a Madrid, calle Vía Lusitana intersección con calle Faro cruzando el parque de la Emperatriz María de Austria.
En esta zona se prohíbe a los vehículos con clasificación ambiental A (sin etiqueta) el acceso y la circulación por el interior de su perímetro, incluyendo el tramo de la autovía A-42, salvo determinadas excepciones.