Así son los requisitos obligatorios que los patinetes deberán cumplir, como tarde, en 2027
- El Manual de características de los VMP ha entrado en vigor el 22 de enero
- Los patinetes que se vendan a partir de 2024 incorporarán estas medidas
- Los ya comercializados, deberán incorporarlas antes de 2027
elEconomista.es
Desde hace años, los patinetes eléctricos forman parte del paisaje de las ciudades. Y aunque para sus usuarios supongan un alivio, lo cierto es que no están exentos de críticas, tensiones y polémicas. En 2020, 1.097 usuarios de patinetes eléctricos resultaron heridos, 97 tuvieron que ser hospitalizados y 8 fallecieron, según datos de la DGT.
Por esta razón, desde hace tiempo su uso se está regulando por los organismos competentes. De hecho, está prohibido circular con ellos por travesías, vías interurbanas y autopistas y autovías y por túneles urbanos.
Con el objetivo de seguir definiendo normas para este novedoso sistema de movilidad, se acaba de publicar en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el nuevo Manual de características de los vehículos de movilidad personal (VMP). En él, se recogen las características técnicas que deben cumplir los VMP para poder circular, así como la obligación de que dichos vehículos hayan sido certificados previamente por los organismos competentes.
Cómo deben ser los patinetes eléctricos
"El objetivo del manual es principalmente garantizar la seguridad vial y la protección al ciudadano que conduce un VMP, así como la del resto de usuarios que comparten con él la vía. En un segundo plano se busca que los vehículos que salgan al mercado posean unas garantías de calidad y durabilidad mínimas exigibles", considera el subdirector de movilidad y tecnología de la DGT, Jorge Ordás.
Por ello, este manual incluye características técnicas que los patinetes, así como otros vehículos de movilidad personal, deben contener para poder circular.
Su velocidad máxima no debe exceder los 25 kilómetros por hora, por lo que al alcanzar esta cifra el motor debe dejar de impulsar al vehículo. Además, debe disponer de sistemas antimanupulación que impidan trucar la velocidad o la potencia.
https://www.eleconomista.es/actualidad/noticias/11441671/10/21/Asi-afecta-la-nueva-ley-de-Trafico-a-los-patinetes-electricos-uso-de-casco-prohibido-ir-por-la-acera.html
Los VMP deben contar con un indicador de información visible, en el que conste tanto la velocidad a la que se circula como el nivel de batería restante. Del mismo modo, también deben incorporar un avisador acústico.
También, deben tener un sistema de frenado con dos frenos independientes que les permita desacelerar a una velocidad de, como mínimo, 3,5 metros por segundo. En cuanto a las ruedas, se establece en 203,2 milímetros el diámetro mínimo establecido y deben ser de superficie rugosa, de modo que permita la adherencia al terreno. En ningún caso se permitirá la utilización de neumático liso.
Para evitar que al estacionarlos en la calle se caigan al suelo, los patinetes deben contar con una pata de cabra lateral o caballete. Y para plegarlos, los MP deberán disponer de un doble sistema de seguridad para que queden bien acoplados mientras se llevan recogidos, evitando así aperturas involuntarias.
Todos los VMP deberán disponer de un marcaje de fábrica único, permanente, legible y ubicado de forma claramente visible con información sobre la velocidad máxima, el número de serie, el número de certificado, el año de construcción y la marca y modelo. También, deberán tener un espacio en la parte trasera del vehículo para llevar un identificador o etiqueta de registro.
Además de todas estas características técnicas, en el manual se detallan otras cualidades más orientadas a calidad (integridad estructural y compatibilidad electromagnéticas, resistencia a la humedad, protección e batería ante temperaturas elevadas, superficie antideslizantes, etc.)
Cuándo entra en vigor
Para el cumplimiento de estas normas se ha establecido un régimen transitorio, ya que el manual entró en vigor, tras su publicación en el BOE, el pasado 22 de enero.
Para quienes ya tengan un patinete u otros VMP, o para quienes lo compren de aquí a enero de 2024, podrán circular con sus vehículos hasta enero de 2027. En esta fecha, todos los VMP solamente podrán circular cumpliendo lo dispuesto en este manual. Y desde enero de 2024 únicamente se podrán comercializar vehículos que cumplan con estos requisitos.