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Estaba de baja y la pillaron en el gimnasio y de viaje: el juez avala su despido inmediato

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elEconomista.es

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha avalado el despido de una trabajadora a la que su empresa 'pilló' en plena baja realizando clases colectivas y todo tipo de ejercicios en un gimnasio, así como diferentes viajes con un cuadro médico que le imposibilitaba hacer grandes esfuerzos físicos.

En la sentencia, a la que se puede acceder en este enlace, el TSJCL corrobora la decisión del Juzgado de lo Social Número 4 de Valladolid, que decidió que el despido de esta trabajadora era procedente y que, por lo tanto, no cabía ninguna indemnización ni posibilidad de reingreso.

El tribunal ha dado por bueno las explicaciones de la empresa, que decidió despedir de forma disciplinaria a esta trabajadora basándose en el artículo 54.2 del Estatuto de los Trabajadores (puede consultarlo en este enlace) y acusando a la empleada de "transgresión de la buena fe contractual" y de "abuso de confianza en el desempeño del trabajo". Este despido fue ratificado por el Juzgado de lo Social Número 4 de Valladolid, cuya sentencia recurrió la trabajadora hasta llegar al TSJCL.

Los hechos se remontan a 2023, fecha en la que la trabajadora se dio de baja tras una caída doméstica que le provocó un fuerte traumatismo lumbar, que le provocó un intenso dolor en la zona, así como un episodio de lumbago.

A posteriori, ya a mediados de 2024, se le diagnosticó la fractura de una vértebra y se le pautó "analgesia, calor, masaje, fisioterapia en C. Salud a criterio de su MAP, corrección postural , fortalecer musculatura con ejercicios específicos en gimnasio y escuela de espalda".

Sin embargo, meses antes la empresa ya había tomado medidas: en abril, se le comunicó el despido disciplinario al considerar que estaba "simulando enfermedad" y acusándole de no presentar síntomas merecedores de estar seis meses de baja, una conducta "inaceptable" que supuso un coste económico a la empresa "por la necesidad de contratar a otra persona trabajadora que la sustituya", además de por el pago de un plus de enfermedad contemplado en el convenio colectivo.

La empresa aportó un informe lleno de pruebas contra la empleada y el Juzgado de lo Social consideró que "la actora ha realizado de manera habitual y reiterada, actividades absolutamente incompatibles con la patología que supuestamente sufre".

Así, se informó de que la trabajadora realizó clases colectivas "de alta exigencia física" en el gimnasio, lugar en el que también realizó un entrenamiento "usando las mancuernas más pesadas, y realizando sentadillas con las mancuernas a los laterales de su cuerpo, dejando dichas mancuernas, y cogiendo las más pesadas", sin que se le notase "ningún problema muscular o articular".

Además, se le pudo ver "acudiendo, sin mayores problemas físicos, a viajes personales, tanto a la montaña como a la playa, reuniones sociales", motivos todos ellos para que el Juzgado acreditase que el despido era procedente.