Legal

Los jueces desafían al CGPJ y mantienen la huelga del 1, 2 y 3 de julio

  • Señalan que es un derecho fundamental y no cabe una interpretación restrictiva
     
  • Indican que la ausencia normativa en la judicatura no supone su exclusión
Protesta de jueces y fiscales hace dos semanas en Madrid. | EP

Eva Díaz
Madrid,

Las cinco asociaciones de jueces y fiscales convocantes de la huelga de los días 1, 2 y 3 de julio desafían al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y mantienen los paros.

El máximo órgano judicial señaló ayer en un comunicado que los jueces no tienen cobertura normativa para realizar una huelga, por lo que no daban por oída la convocatoria ni se procedería a fijar de servicios mínimos.

Las cinco asociaciones han emitido este viernes un comunicado en el que mantienen los paros para ese día y manifiestan que el derecho de huelga es un derecho fundamental recogido en el artículo 28.2 de la Constitución Española. "Como derecho fundamental, no cabe interpretación restrictiva, de su reconocimiento no se excluye a jueces y magistrados y la ausencia de normativa específica de desarrollo no supone su exclusión", dicen.

Recuerdan que el Tribunal Constitucional lo consideró un derecho de titularidad individual, que cada persona puede ejercer de manera autónoma y sin necesidad de autorización o comunicación previa.

"Recordamos que cualquier intento por parte del empleador de condicionar, obstaculizar o coaccionar la decisión de un trabajador respecto a su participación en una huelga constituye una infracción muy grave, conforme a la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS), y puede dar lugar a sanciones económicas e incluso a la nulidad de actos de represalia, como sanciones disciplinarias", señalan.

Los convocantes, la Asociación Profesional de Magistratura (APM), la Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV), Foro Judicial Independiente (FJI), la Asociación de Fiscales (AF) y la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF), indican que la huelga es una medida legítima, proporcionada y responsable en defensa de los principios fundamentales del Estado de Derecho, de la independencia judicial y de sus condiciones profesionales.

Ambos gremios protestan en contra del proyecto de ley que reforma el acceso a la carrera judicial y fiscal. Entre otros aspectos, esta norma que se tramita en el Congreso, permitirá a jueces y fiscales temporales obtener plaza fija con unas pruebas menos exigentes que las habituales oposiciones. Critican que este acceso supone una discriminación frente a los profesionales que han estudiado durante años para pasar las oposiciones.

Protesta de este sábado

Asimismo, las asociaciones mantienen la protesta de este sábado 28 a las 12:30 horas ante el Tribunal Supremo. Indican que la concentración está abierta a todos los operadores jurídicos y a la ciudadanía comprometida con la Justicia, y se desarrollará en un marco estrictamente institucional, al margen de cualquier adscripción partidista.

Servicios imprescindibles

En aras de garantizar la atención a la ciudadanía durante los días de huelga, han establecido una serie de criterios.

En el servicio de guardia: las actuaciones con detenido y otras que resulten inaplazables, como adopción de medidas cautelares urgentes, levantamiento de cadáver y entradas y registros, y conservación de datos de operadores telefónicos. No se consideran servicios mínimos de guardia los juicios inmediatos de delitos leves, ni los juicios rápidos por delito sin detenido.

En el orden penal: las actuaciones en causas con presos o detenidos puestos a disposición judicial, y medidas cautelares personales.

En el orden contencioso-administrativo, orden social y mercantil: medidas cautelarísimas.

En el orden de menores: la adopción de medidas cautelares.

En el orden de Familia: medidas provisionales con hijos menores o personas con discapacidad, internamientos involuntarios, procedimientos del art. 156 y 158 del Código Civil, sustracción de menores internamientos de menores, ejecución de medidas de protección de menores, medidas cautelares del art. 762 LEC, actuaciones que impliquen la intervención personal de menores o personas con discapacidad que no puedan suspender con antelación.

En el orden civil: medidas provisionales causantes de perjuicio irreparable, decisiones sobre suspensión de lanzamientos por vulnerabilidad, y procedimiento de donación de órganos de donantes vivos.

En el orden de Violencia de Género: actuaciones que impliquen la intervención personal de menores o personas con discapacidad que no puedan suspender con antelación órdenes y medidas de protección, regularización de situación personal de detenidos, actuaciones en causas con preso, medidas provisionales con hijos menores o personas con discapacidad procedimientos del art. 156 y 158 del Código Civil, actuaciones que impliquen la intervención personal de menores o personas con discapacidad que no puedan suspender con antelación.

En el orden de Vigilancia Penitenciaria: resoluciones relativas a las penas privativas de libertad y resolver las peticiones o quejas de los internos cuando afecten a derechos fundamentales.

Decanos: Reparto de los asuntos urgentes que puedan causar perjuicio y el servicio continuado de guardia.