Padres o madres podrían dejar de percibir el complemento a la pensión por hijos tras el fallo del TJUE contra la discriminación al hombre
- La Ley General de la Seguridad Social señala un sólo beneficiario
- Elma Saiz busca la manera de cumplir el fallo y reducir la brecha
- La UE no exige privar de un complemento a quienes ya lo perciben
elEconomista.es
El Ministerio de Inclusión está negociando con los agentes sociales las modificaciones en el complemento por hijo para las pensiones contributivas para cumplir con la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que considera que es aún discriminatorio para los hombres, a quienes se les exigen más requisitos que a las mujeres con descendencia, que lo perciben de manera automática en sus pensiones. El objetivo de la cartera que dirige la ministra Elma Saiz pasa por buscar la manera de contentar judicialmente a Europa pero, a su vez, seguir beneficiando a las mujeres que han visto perjudicada su carrera laboral por el cuidado de los hijos, sin embargo, el acceso a los varones podría derivar en la 'expulsión' de algunos de los beneficiarios que ya perciben la ayuda.
Los cambios para dar cumplimiento al fallo del TJUE podrían dar acceso al complemento a un máximo de 885.000 personas, en su mayoría hombres que se han ido jubilando desde 2021 -cuando el Gobierno reformó ese complemento para cumplir una sentencia similar- pero que no han tenido las mismas condiciones que sus parejas femeninas a la hora de solicitarlo porque esas modificaciones -las que rechaza la justicia europea- imponían una serie de criterios ahora considerados discriminatorios.
Se refiere la sentencia a que mientras que en el caso de las madres trabajadoras que perciban una pensión de jubilación, el complemento -39,5 euros por hijos hasta un máximo de cuatro- se concede de forma automática, para compensar el tiempo dedicado a la crianza de los hijos y el consecuente impacto en su carrera profesional, los padres deben cumplir ciertos requisitos adicionales para poder percibirlo, como haber parado su carrera por los hijos, si nacieron antes de 1995 o si lo hicieron después, que la suma de la cotización de los dos años siguientes fuese un 15% inferior a la de los dos años previos.
Así, el TJUE argumenta su sentencia en que el complemento es contrario a la Directiva de igualdad de trato entre hombres y mujeres, una norma que los sindicatos consideran necesario actualizar porque fue aprobada hace casi medio siglo y "ya no responde adecuadamente a los retos actuales que plantea el mercado laboral".
Según han indicado a Efe fuentes sindicales, hace una semana se reunieron Gobierno, patronal y sindicatos en la mesa de diálogo social sobre pensiones, en la que se abordó en exclusiva esta sentencia del TJUE del pasado 15 de mayo. En la cita, el Ministerio se comprometió a enviar a los agentes sociales para su firma una declaración con el compromiso de buscar una solución legislativa rápidamente para seguir reduciendo la brecha de género en las pensiones respetando la sentencia europea.
En abril, 997.959 pensiones incluían el complemento para la reducción de la brecha de género, de las que el 88,7% correspondían a mujeres (885.154). En concreto, en abril de 2025, la pensión media de los hombres ascendía a 1.568,33 euros, frente a 1.076,53 euros en el caso de las mujeres. Los datos de mayo parecen mejorar levemente, ya que las nuevas altas reducen la brecha con pensiones de 1.459,7 euros para ellos y de 1.152,6 euros para ellas.
Desde CCOO recuerdan que las mujeres que acceden a una pensión siguen presentando una brecha del 21% frente a las cuantías que cobran los hombres y en UGT destacan que la desigualdad proviene de un acceso más limitado al mercado laboral y de las mayores lagunas de cotización, ya que son ellas las que solicitan el 83,5% de las reducciones de jornada por guarda legal y el 73,6% de las personas ocupadas a tiempo parcial.
La decisión, en los jueces españoles
Una vez se lleven a cabo los cambios y los hombres que no hayan podido acceder al complemento de las pensiones puedan hacerlo, desde CCOO explican que no está claro si ambos progenitores podrán conservarlo o sólo el que perciba menor pensión. Es decir, que podría haber beneficiarios del complemento que dejen de ingresarlo.
Actualmente, la Ley General de la Seguridad Social señala que el complemento a la pensión por el cuidado de los hijos solo se le puede conceder a uno de los dos progenitores, atendiendo al que reciba una menor pensión.
Sobre esto último también se pronunció el TJUE para matizar que la norma europea no se opone a que si la mujer ya recibe esta ayuda se le pueda retirar en favor del hombre si cobra una prestación menor, pero recuerda que el Derecho de la Unión no exige privar de un complemento a la pensión como este a las personas que ya lo tienen reconocido y deja en el tejado de los jueces españoles interpretar las leyes y determinar si este permite o no mantener el complemento de pensión ya reconocido a la madre cuando el padre puede reclamarlo conforme a los mismos requisitos que los aplicables a las mujeres.