Legal
El Gobierno obliga a los caseros a encadenar bajadas de rentas para evitar un castigo fiscal
- Quedarán exentos de pagar IRPF aquellos que rebajen los precios más de un 5%
Eva Díaz
Madrid,
Las nuevas medidas anunciadas por el Gobierno para facilitar el acceso al alquiler a los ciudadanos obliga a los caseros a encadenar continuas rebajas de precios para esquivar una mayor tributación.
La ley presentada por el PSOE en el Congreso de los Diputados propone una mejora de los incentivos fiscales para todos los caseros que rebajen al menos un 5% el precio de la renta. De hecho, los arrendadores estarán totalmente exentos de tributar las ganancias del alquiler si el precio que ponen está por debajo del que establece el Ministerio de Vivienda para dicho inmueble. Sin embargo, para gozar de estas ventajas, los caseros tendrán que rebajar siempre un 5% el precio del alquiler en cada contrato.
Las medidas penalizan a aquellas personas a las que los inquilinos se le marchan pronto, a los seis meses o al año, porque para reducir la tributación de las ganancias del alquiler o incluso para no pagar nada al fisco por ellas, deberán rebajar otro 5% el precio en el siguiente contrato. Y así sucesivamente. Si un inmueble tiene diez inquilinos distintos en 10 años, los arrendadores deberán rebajar en cada uno de esos 10 contratos un 5% el precio si quieren acceder a una mejor tributación.
Incentivos por bajadas del 5%
Los incentivos fiscales en el IRPF que propone el PSOE por rebajar un 5% el precio del nuevo contrato van del 60% hasta el 100% (es decir, no habrá que pagar nada a Hacienda por las ganancias).
Concretamente, se estará exento de pagar impuestos en la Renta si se pone un precio inferior al que fija el Ministerio de Vivienda. Se reducirá un 95% la tributación del IRPF sobre las ganancias del alquiler si se arrienda un inmueble situado en zona tensionadas a personas de entre 18 años y 35 años. Del 90%, para aquellos que alquilen en zonas tensionadas; del 85% para los que alquile a jóvenes de entre 18 y 35 años y, del 60% en el resto de casos.
"Los requisitos señalados [...] deberán cumplirse en el momento de celebrar el contrato de arrendamiento, siendo la reducción aplicable mientras se sigan cumpliendo los mismos", indica la propuesta de ley. Por tanto, para aquellos caseros que tengan mucha rotación de inquilinos llegará un momento que le compensará más pagar los impuestos generales. Es decir, podrán aplicar sobre las ganancias por arrendar una reducción solo del 50% (antes de la Ley de vivienda de mayo de 2023 era del 60%).
Viviendas vacías
El Gobierno también trata de impulsar que se saquen al alquiler las viviendas vacías, de modo que los caseros que lo hagan estarán exentos de tributar las ganancias si alquilan por debajo del precio que marca el Ministerio de Vivienda; obtendrán una reducción del 95% en el IRPF si alquilan en zona tensionada a personas de entre 18 y 35 años; del 90% si arriendan en zona tensionada; del 85% si va a jóvenes de entre 18 y 35 años; y del 60% en el resto de casos.
Del mismo modo, estas ventajas solo podrán aprovecharse en el primer contrato que se haga una vez se saque el inmueble al alquiler. Para los siguientes, ya aplicarán las normas generales a menos que se rebaje un 5% el precio del contrato.
Para presionar a los contribuyentes a sacar al mercado del alquiler los inmuebles vacíos, la norma propone triplicar la tributación a estos bienes. En la actualidad, los contribuyentes pagan en la Renta un 1,1% del valor catastral (si se revisó después de 2012) de la vivienda por cada día que la tienen vacía. La propuesta de ley propone incrementar la tributación hasta el 3% del valor catastral por cada día vacío.
El incremento de la tributación será gradual, es decir, a más valor del inmueble, mayor será el tipo que pagarán los ciudadanos, sin superar este umbral del 3%.