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Los bancos bloquearán las cuentas y las tarjetas de los clientes que no cumplan con estas condiciones

Persona sacando dinero del cajero | Foto: iStock

elEconomista.es

La lucha de la Administración contra el fraude fiscal nunca termina y limitar los pagos en efectivo ya no es suficiente. Una de las medidas más impopulares entre la ciudadanía para el control de la economía sumergida es el bloqueo de cuentas bancarias, decisión que pueden tomar las entidades que detecten ciertas anomalías en el comportamiento habitual de sus clientes y que puede traernos graves consecuencias al entender que se quedarían inutilizadas.

Para bloquear una cuenta bancaria siempre será necesaria una causa justificada, previo aviso al titular para evitar males mayores. Aunque no suceda con frecuencia, lo lo cierto es que sí que puede pasar cuando se dan ciertos supuestos que no son tan excepcionales como podríamos pensar en un primer momento.

Así, en lo que a la lucha contra el blanqueo de capitales se refiere, el Banco de España se muestra muy contundente y previene de los casos en los que se podría proceder al bloqueo de cuentas bancarias.

Obligatorio acreditar la titularidad de la cuenta

De este modo, descubrimos que el banco podría bloquear nuestra cuenta si observase algún comportamiento inusual que pudiera inducir a un delito. Es más, si se requiere identificar al titular para la justificación del origen de sus fondos y no es capaz de entregar la documentación que lo acredita como tal, se procederá al bloqueo inmediato de su cuenta para evitar fraudes a modo de prevención hasta que se esclarezca el caso.

Esta práctica se engloba precisamente en el marco de acción contra el fraude fiscal y financiación del terrorismo que, como su propio nombre indica, tiene como objetivo perseguir todos aquellos movimientos de dinero que puedan ser considerados ilícitos.

No obstante, este no es el único supuesto en el que el banco podría bloquear nuestra cuenta. También tiene el poder de hacerlo si ha estado inactiva demasiado tiempo, dado que puede suponer un perjuicio para el propio cliente. El banco podría entender que continúa en funcionamiento y cobrar comisiones de mantenimiento, por lo que se hace necesario dar instrucciones expresas para solicitar la cancelación sino queremos llevarnos una sorpresa.

Problemas con la cuenta tras una herencia

Desde el Banco de España informan que también podría procederse al bloqueo de una cuenta en caso de que existieran varios titulares que den instrucciones contradictorias a la entidad (por ejemplo cuando los herederos no se ponen de acuerdo). El banco se verá obligado a adoptar una posición neutral, por lo que procederá a bloquear la cuenta hasta que exista un principio de acuerdo entre las partes.

Asimismo, si ocurriese el fallecimiento del titular, podría bloquearse la cuenta para evitar movimientos no autorizados.

Cabe mencionar que Hacienda dispone además de lo que se conoce como una 'lista negra' de ciudadanos reincidentes que acumulan deudas superiores a los 600.000 euros, pudiendo bloquear la cuenta a los que solicite un requerimiento.

En resumen

No es que los bancos vayan a empezar a bloquear cuentas bancarias en masa a partir de un mes o un momento concreto, todos estos supuestos están siempre en mente de la Administración, pudiendo hacer efectivo el cese cuando consideren necesario.

Si hubiera que bloquear una cuenta bancaria por transacciones sospechosas, inactividad o no identificación del titular, la entidad siempre deberá comunicar a éste el motivo del bloqueo, así como proporcionarle la información necesaria para resolver la situación.