Legal
Critica a su empresa en redes sociales y la compañía lo inhabilita: el tribunal desestima el recurso y da la razón a la firma
- El trabajado recurrió la sentencia al considerar que se vulneraba su libertad de expresión
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elEconomista.es
Las responsabilidades de cualquier trabajador con su empresa van más allá del ámbito laboral, y si no que se lo pregunten a Carlos, un contribuyente que denunció supuestas malas prácticas de su empresa en redes sociales sin saber que iba a recibir una demoledora sanción por ello. La insensatez muchas veces nos puede costar nuestro puesto de trabajo, sobre todo ahora que con pulsar un botón podemos publicar comentarios de todo tipo en Internet, sin imaginarnos muchas veces el alcance que pueden tener y a quién le pueden llegar.
Viola la buena fe contractual
En una sentencia que data de enero de 2025, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) falló a favor de una compañía de laboratorios vasca que sancionó a un empleado que había subido a redes sociales varias publicaciones que, a su juicio, "dañaban su imagen y rompían la buena fe contractual" que debe existir entre una empresa y sus trabajadores.
Este caso ha llamado especialmente la atención al sector de la abogacía, concretamente al letrado laboralista Óscar Ramón, que publica en redes sociales el caso que se va a tratar a continuación para advertirnos de las consecuencias que puede acarrearnos una simple publicación en redes sociales.
Los tres mensajes publicados
El trabajador, que responde al nombre de Carlos, publicó los siguientes mensajes en la red social 'X' (antigua Twitter) denunciando supuestas malas prácticas por parte de su empresa:
- Carlos Miguel (@Oxtias). "Delegad@s sindicales que tras salir elegidos en las elecciones son ascendid@s por la empresa y convertid@s en encargad@as, ¿Qué puede salir mal".
- Sección Sindical CNT en Laboratorios Simart S.A. (@CntXimart). "Compañerxs trabajando en categorías superiores pero cobrando lo mínimo. este es el modus operandi de Laboratorios Ximart".
- Sección Sindical CNT en Laboratorios Ximart S.A. (@CntXimart). "La empresa prioriza una campaña mercantilista de la patronal del sector en lugar de mejorar las condiciones laborales. No vamos a colaborar en semejante payasada".
Tras descubrir estas publicaciones, la empresa decidió sancionarlo con 30 días de suspensión de empleo y sueldo por considerar que dañaban su imagen y rompían la buena fe contractual, algo con lo que Carlos se mostró disconforme desde el primer momento. Es por esto que decidió presentar un recurso en el que argumentaba que esta inhabilitación vulneraba su derecho a la libertad de expresión y sindical, ya que según su criterio solo estaba denunciando una realidad laboral.
Pero explicar que la empresa intentaba castigarlo por su actividad sindical de poco le sirvió, ya que el tribunal desestimó el recurso y confirmó la sanción al considerar que las publicaciones excedían la mera crítica y afectaban a la empresa. Además, el juzgado razonó igualmente que, en este caso, la libertad de expresión tiene límites, sobre todo cuando las declaraciones pueden generar perjuicios a la empresa y afectar el clima laboral.