Legal

Aprobadas nuevas exenciones en el IRPF por el pago de alimentos a los hijos y por indemnizaciones por daños

  • También se matiza que el despido pactado en la conciliación no tributa
Oficina de la Agencia Tributaria. | EP

Eva Díaz
Madrid,

La Ley de Eficiencia de la Justicia, publicada en el BOE en enero pero que entrará en vigor el próximo 3 de abril, trae nuevas deducciones en el IRPF.

De un lado, los contribuyentes podrán deducirse en la Renta las indemnizaciones que perciban por parte de una aseguradora en concepto de daños personales, físicos y psíquicos. Hasta el momento, estas indemnizaciones podían deducirse siempre que la cuantía hubiera sido reconocida judicialmente. Ahora, como la nueva ley lo que busca es impulsar el uso de medios alternativos de solución de controversias (MASC) para aligerar la vía judicial, también se permitirá a los contribuyentes que deduzcan las indemnizaciones que perciban por daños personales si se ha determinado tras la celebración de un acuerdo en el que haya intervenido un tercero neutral.

La norma da validez así a estos medios alternativos de resolución para que los implicados no tengan que acudir a la vía judicial para poder deducirse la indemnización percibida.

En la misma línea, también se extienda la deducción en el IRPF a los padres que paguen anualidades por alimentos a los hijos (siempre que no convivan con ellos ni tengan la guarda y custodia).

Hasta el momento, solo podían deducir esta cuantía si estaba fijada por un juez. Ahora también se podrán deducir las fijadas en convenios resultados de un medio alternativos de solución de controversias (MASC).

Finalmente, en los casos de despido, que en la actualidad la indemnización está exenta de tributar hasta 180.000 euros, la ley hace una aclaración, que aunque en la actualidad ya se aplica, cierra cualquier interpretación. La norma aclara que la indemnización obtenida en un acto de conciliación previo a la vía judicial no supone un pacto o un acuerdo que impida su exención. Cabe recordar que Hacienda impide minorar las indemnizaciones pactadas entre empresario y trabajador, por ello, lo matiza.