Legal
La ley 'antiokupas' propone desalojos en 24 horas y hasta tres años de cárcel
- La norma, que inicia la tramitación en el Congreso, también protege a los vecinos
- Plantea devolver al dueño los impuestos de la casa si se declara la ocupación
- Las comunidades podrán pedir a los dueños de viviendas vacías tapiar puertas
Eva Díaz
Madrid,
El Congreso de los Diputados inicia la tramitación de la ley 'antiokupas' propuesta por el Senado, gracias a la mayoría del PP, para desalojar las viviendas ocupadas en tan solo 24 horas y condenar con penas de hasta tres años de prisión a los autores.
La norma endurece el Código Penal, la Ley de Enjuiciamiento Criminal y la Ley de Enjuiciamiento Civil para dar más herramientas a particulares, empresas y comunidades de vecinos para luchar contra la ocupación ilegal. Además, propone equiparar a los ocupas con un grupo organizado si son dos o más autores e insta a la devolución del IBI y del Impuesto de Patrimonio a los dueños de las viviendas usurpadas. Así es la Proposición de Ley que debatirá el Congreso.
Desalojos 'exprés'
La norma propone que una vez una autoridad pública o sus agentes requieran a la persona o personas que han okupado un inmueble que lo desalojen, estos "deberán desalojar voluntariamente el inmueble okupado en el plazo máximo de 24 horas" o acreditar en ese tiempo que están autorizados para habitar la vivienda. En el caso de que no puedan acreditarlo en ese plazo, "los agentes procederán al lanzamiento inmediato si no se ha producido el desalojo voluntario".
Mayores condenas
La Propuesta de Ley plantea endurecer el Código Penal para incrementar las penas de cárcel para los okupas. En el caso de que la usurpación de la vivienda se haya hecho con violencia e intimidación, la pena de prisión se establecerá de uno a tres años (frente a los dos años máximos actuales que establece la ley). En el caso de que la ocupación no se haga con violencia, se podrán condenar al autor con seis y hasta 18 meses de cárcel (frente a las actuales multas de tres a seis meses). En el caso de que los autores devuelvan la vivienda en un plazo de 48 horas desde su requerimiento y de forma voluntaria, la condena quedará reducida a entre 31 días y 90 días de trabajos a la comunidad.
Además, como novedad, también propone penas de cárcel de entre tres meses a un año para quien promueva la ocupación ilegal, incluida una autoridad o funcionario público, y además, para estos últimos, entre nueve y 15 años de inhabilitación para empleo o cargo público.
Enjuiciamiento rápido
El texto también propone modificar la Ley de Enjuiciamiento Criminal para incluir dentro de los enjuiciamientos rápidos los delitos de allanamiento de morada del Código Penal y los de usurpación. Asimismo, también pretende modificar la Ley de Enjuiciamiento Civil para incluir que las empresas también puedan pedir la inmediata recuperación de la posesión del inmueble, siempre que se hayan visto privadas sin su consentimiento. Hasta ahora, el artículo 250 de esta ley solo permite reclamar la devolución de la vivienda a las personas particulares, no a las compañías. Finalmente, se elimina la posibilidad de que un jurado popular (aquel compuesto por ciudadanos) pueda juzgar casos por allanamiento de morada.
Protección a las comunidades
La norma centra parte de su exposición de motivos en resaltar los daños que hace la ocupación para la convivencia vecinal ya que provoca inseguridad en la comunidad. "El incivismo y el atentado a la convivencia puede derivar incluso en casos dramáticos", señala el texto, que añade que la ocupación también provoca que determinadas zonas urbanas "empeoren su estatus". Por ello, la propuesta de ley da al presidente de la comunidad potestad para denunciar ante las autoridades conductas dañosas para la finca o que contravengan los estatutos. Además, podrá plantear al propietario medidas preventivas como tapiar puertas y ventanas. También se modifica la Ley sobre propiedad horizontal para poder desalojar "de inmediato" al ocupante que realice actividades prohibidas.
Impuestos del inmueble
Por otro lado, se persigue que se devuelva al propietario de una vivienda okupada los tributos relacionados con la misma, como el IBI o el Impuesto de Patrimonio, una vez se declare de forma oficial la ocupación ilegal. También, que se mantenga la consideración del inmueble como residencia habitual del propietario para que no pierda los beneficios fiscales si la quiere vender para reinvertir en otra.