Europa desestima el recurso de los Luksic contra el rechazo del TGUE de darle acceso a información del BCE sobre el Popular
- El tribunal dice que la decisión del BCE de no abrir la información...
- ...no contiene normas destinadas a proteger intereses específicos
Eva Díaz
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha desestimado el recurso de Aeris Invest, el brazo inversor de la familia Luksic que tenía el 3,45% del Banco Popular antes de su caída, contra la decisión del Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) de no darle acceso a la información del Banco Central Europeo (BCE) sobre el dispositivo de resolución de la entidad española. El TGUE solo permitió a Aeris acceder al resultado de la votación del Consejo de Gobierno del BCE sobre la resolución.
Aeris Invest recurrió la decisión del TGUE alegando que el TGUE incurrió en "error de Derecho" al declarar que la jurisprudencia relativa al derecho a la tutela judicial efectiva no exige que el BCE dé acceso a determinados documentos para que puedan preparar su recurso de anulación de la resolución. Según Aeris Invest, el derecho de acceso a un documento para la preparación de un procedimiento judicial está estrechamente vinculado al derecho a la tutela judicial efectiva, por lo que debe garantizarse el respeto de estos dos derechos.
Asimismo, los Luksic añadieron que si un ciudadano explica que acceder a un documento resulta necesario para salvaguardar su derecho a la tutela judicial efectiva, la institución de la Unión no puede ignorar esta circunstancia.
Sin embargo, el TJUE, en su sentencia de este jueves, considera que el TGUE "no se equivocó", puesto que la decisión del BCE sobre el acceso público a sus documentos no contiene normas destinadas a proteger el interés específico que una determinada persona pueda tener en acceder a un documento ni regular las cuestiones relativas a las pruebas que las partes deben aportar en un procedimiento judicial, sino que su objetivo es garantizar el derecho de acceso del público en general a los documentos del BCE.
Añade que, aun suponiendo que Aeris Invest tuviera derecho a acceder a la documentación del BCE para preparar mejor su recurso de anulación contra la resolución del Popular, ese derecho no podría ejercerse específicamente recurriendo a los mecanismos de acceso del público a los documentos establecido por la citada decisión. Así pues, la eventual violación de ese derecho no puede derivarse de una decisión denegatoria de acceso adoptada con arreglo a dicha decisión ni ser objeto de censura por parte del juez de la Unión a través de la estimación de un recurso de anulación presentado contra dicha decisión denegatoria.