Rafael Amargo (49) ha salido airoso de su pulso con la Fiscalía. Este jueves, el Tribunal Superior de la Justicia de Madrid (TSJM) ha confirmado la absolución del bailaor por un delito de tráfico de drogas por el que la Fiscalía pedía 9 años de cárcel.
Sin embargo, el Ministerio Público aún tiene una última oportunidad para revertir la sentencia, ya que puede presentar un recurso de casación ante la Sala Penal del Tribunal Supremo en relación con la absolución de Amargo.
La absolución se realiza al considerar que las escuchas no son válidas por falta de una adecuada justificación. Por lo tanto, esta anulación afecta negativamente a otras pruebas que se obtuvieron a partir de dichas intervenciones.
Amargo se encontraba en riesgo de recibir una condena de nueve años de prisión, al igual que su productor, Eduardo de Santos, mientras que su socio, Manuel Ángel Batista León, se enfrentaba una posible pena de seis años. Durante el juicio, los acusados defendieron que consumían drogas, pero no las comercializaban, con Amargo comentando que "de mi casa nadie se va con más droga de la que llevó".
En esta nueva resolución, los magistrados han manifestado: "Los vicios de motivación e insuficiencia indiciaria de los que adolece la resolución por la que se autorizaron por el Juzgado de Instrucción las intervenciones telefónicas iniciales, debilita completamente el valor incriminatorio de la prueba en su mayor parte hasta el punto de anular su consistencia constitucional". "El tribunal de instancia sometió al grado debido de exigencia el auto inicial, alejándose de cánones permisivos a la hora de velar por la protección de un auténtico derecho fundamental como es el del secreto de las comunicaciones", señalan.