Más de 500.000 personas solicitarán acogerse a la moratoria hipotecaria del Gobierno
- Tessi Iberia estima que solo se admitirán el 15% de las solicitudes por el nivel de requisitos
Eva Díaz
Los bancos españoles recibirán más de 500.000 solicitudes de clientes para acogerse a la moratoria hipotecaria aprobada por el Gobierno, según estima la consultora y empresa de servicios Tessi Iberia. En la actualidad hay cinco millones de hipotecas vivas en España por un importe de 500.000 millones de euros, lo que significa que el 10% de los tenedores de un préstamo inmobiliario pedirán acogerse a la moratoria de pagos.
Tessi Iberia considera que los requisitos para tener derecho a la moratoria aprobada por Real Decreto por el Ejecutivo "son exigentes" por lo que, a pesar de la avalancha de solicitudes, "sólo se admitirán alrededor de un 15 por ciento del total". No obstante, cabe recordar que las entidades españolas, por su parte, han puesto en marcha moratorias hipotecarias de hasta doce meses con el objetivo de ayudar a las familias y empresas afectadas por el coronavirus a afrontar la crisis que está provocando la pandemia.
La banca aún no ha fijado los requisitos para acogerse a la moratoria voluntaria pero ha sacado esta medida adelante para poder abrir esta opción a más clientes, ante las elevadas exigencias que pide el Gobierno para aplazar los pagos de la hipoteca.
Tessi Iberia ha puesto en marcha un plan de contingencia que permitirá a las entidades financieras gestionar este incremento del ritmo de trabajo como consecuencia de la regulación de la moratoria en el pago de las cuotas. El plan está orientado a verificar los criterios de vulnerabilidad del solicitante que son imprescindibles para tener derecho a la ayuda. Al mismo tiempo se revisa la información que aporta el demandante, se realizan los informes para el Banco de España y se prepara la documentación para su firma ante notario e inscripción en el registro de la Propiedad.
Según el Real Decreto, pueden acogerse a la moratoria las personas que se encuentren en situación de vulnerabilidad económica y tengan una hipoteca cuyo uso del inmueble sea vivienda habitual, para la actividad económica o vivienda distinta a la habitual por la que hayan dejado de percibir las rentas por el estado de alarma. En esta situación, la moratoria le permitirá suspender el pago de las cuotas hipotecarias durante tres meses. Además, el banco no devengará los intereses ni le reclamará mora alguna. En el caso de las moratorias voluntarias de las entidades, sí se aplaza el pago del capital en la cuota pero se cobran intereses.
Requisitos
Los requisitos para tener acceso a esta medida es que la persona se haya quedado en paro. En el caso de que sea un empresario o autónomo, su disminución de ingresos debe ser superior al 40%. Junto a estas condiciones, los ingresos de la unidad familiar no deben superar tres veces el IPREM, con excepciones en el caso de que la persona tenga hijos a su cargo, sean mayores de 65 años o haya algún miembro en la familia con discapacidad. Además, la cuota hipotecaria más los suministros básicos de la vivienda debe ser igual o superior al 35% de los ingresos netos del conjunto de la unidad familiar y el esfuerzo para el pago de la misma se haya multiplicado en 1,3 como consecuencia de la emergencia sanitaria.
Las personas que cumplan estas condiciones deben aportar el certificado de desempleo y si son empresas o autónomos, el certificado de cese o disminución de actividad. Además, se tiene que presentar el Libro de Familia o pareja de hecho de las personas que habitan en la vivienda, el certificado de empadronamiento y la declaración de discapacidad, si hay algún miembro que la tenga.
El titular de la vivienda también tendrá que aportar la Nota Simple del inmueble, la escritura de compra-venta y préstamo, el contrato de alquiler si la tiene arrendada y una declaración responsable de la veracidad de la situación en la que se encuentra.