Empresas y finanzas
Quiebra de Thomas Cook: todo lo que debes saber si eres uno de los viajeros afectados
- ¿Qué ocurre si tengo algo contratado y aún no he viajado?
- ¿Y si ya estoy en el extranjero? ¿Cómo funcionan las repatriaciones?
- Todas las vacaciones y vuelos operados por Thomas Cook han sido cancelados
Yolanda García
La agencia de viajes Thomas Cook, la más antigua del mundo, se ha declarado este lunes en quiebra, dejando a cientos de miles de turistas en todo el mundo sin sus reservas. La propia compañía confirma que todas las empresas de su grupo han dejado de cotizar, incluida Thomas Cook Airlines, debido a su actual situación.
El presidente ejecutivo, Peter Fankhauser, ha asegurado que lamenta profundamente el cierre de la empresa después de que no pudiera asegurar un paquete de rescate de sus prestamistas y desde la web oficial de Thomas Cook derivan a otro sitio web en el que informan a los viajeros afectados.
Si tengo contratado algo con Thomas Cook
"Lamentamos informarle de que todas las vacaciones y vuelos proporcionados por las compañías de Thomas Cook han sido cancelados y ya no están operativos. Todas las tiendas minoristas de Thomas Cook también han cerrado", informan desde la empresa.
"El Gobierno y la Autoridad de Aviación Civil ahora están trabajando juntos para hacer todo lo posible para apoyar a los pasajeros que vuelan de regreso a Reino Unido con nosotros entre el 23 de septiembre de 2019 y el 6 de octubre de 2019. Dependiendo de tu ubicación se utilizarán los vuelos existentes con otras aerolíneas", informa la web.
Si ya estás en el extranjero...
Si actualmente te encuentras en el extranjero y tu vuelo fue contratado con Thomas Cook, la empresa asegura que están intentando proporcionar nuevos vuelos para devolver a la gente a Reino Unido. "Estos vuelos de repatriación solo estarán operativos durante las próximas dos semanas (hasta el 6 de octubre de 2019). Después de esta fecha, si deseas volver tendrás que hacer tus propios arreglos de viaje: deberás reservar tu propio vuelo de regreso".
Para obtener más detalles sobre tu viaje de regreso, la compañía recomienda leer atentamente su información relativa a 'Actualmente estoy en el extranjero'. Ten en cuenta que los vuelos de repatriación solo están disponibles para pasajeros cuyo viaje se originó en el Reino Unido.
Algunas de las reservas de paquetes de vacaciones de Thomas Cook incluyen vuelos con aerolíneas no relacionadas con el Grupo Thomas Cook. Si tu vuelo de regreso no es con la aerolínea de Thomas Cook, seguirá siendo válido. Sin embargo, otros elementos del paquete, como el alojamiento y los traslados, se verán afectados.
Si aún no has volado...
Pues en caso de no haber volado aún, la empresa informa de que todas las futuras vacaciones y vuelos reservados con Thomas Cook han sido cancelados.
"Si tienes una reserva en un vuelo de Thomas Cook Airlines, no vayas al aeropuerto del Reino Unido, ya que tu vuelo no estará operativo. El programa de repatriación de la Autoridad de Aviación Civil no incluirá ningún vuelo de ida desde el Reino Unido", afirma la empresa en su sitio web.
Y ojo porque si reservas un nuevo vuelo con otra aerolínea fuera del Reino Unido, no serás "elegible" para un vuelo de repatriación. Hay más información disponible en 'Tengo una reserva futura y aún no he viajado'.
Bruselas recuerda a los turistas afectados por la quiebra de Thomas Cook que mantienen todos sus derechos
La Comisión Europea ha recordado este lunes a todos los clientes afectados por la quiebra del grupo de viajes británico Thomas Cook que a pesar de esta situación mantienen todo el abanico de derechos que dispone la legislación comunitaria, entre otros el derecho a rembolso o el ofrecimiento de rutas alternativas.
"Estoy muy preocupada por los turistas afectados por la quiebra de Thomas Cook. Me gustaría recordarles que aun así mantienen todos los derechos de la UE, incluidos el rembolso, las vueltas alternativas y la vuelta", ha escrito la comisaria de Justicia y Consumidores, Vera Jourova. La representante checa del Ejecutivo comunitario también ha subrayado que todas las personas afectadas tienen la posibilidad de pedir ayuda en los centros europeos de consumidores en cada Estado miembro.
Desde la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) recuerdan que la normativa europea establece una serie de derechos para los consumidores afectados por la insolvencia del organizador del viaje.
La Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuario recoge la normativa de viajes combinados. En su última modificación de diciembre de 2018, traspone las obligaciones de la directiva de viajes combinados en España. Esta normativa establece que, si un consumidor contrató un viaje combinado con Thomas Cook, es la agencia con la que ha contratado quien debe responder.
Si el viajero ya había iniciado el viaje, será la agencia de viajes la que debe adoptar las soluciones para continuar el viaje organizado, sin suplemento de precio alguno para el viajero. Si las soluciones que propone el organizador no son aceptables (o el viajero las rechaza por razón justificada), deberá facilitar al consumidor un transporte equivalente para regresar al lugar de origen, sin coste.
Si el viaje no ha comenzado y ya se ha pagado el precio, se puede resolver el contrato sin penalización, pues no se ha prestado el servicio y deben devolver el dinero al pasajero. O bien, la agencia podría proponer una modificación (especificando las variaciones y cómo afecta al precio), para que el viajero decida, en tres días, si le conviene. Si no es así, se entiende que el consumidor opta por la resolución del contrato, y en ese caso tiene derecho al reembolso de todas las cantidades pagadas, o a realizar un viaje combinado de calidad equivalente o superior siempre que el organizador o detallista pueda proponérselo.
Si el consumidor tenía un billete de avión con Thomas Cook, lo más habitual es que lo haya pagado con tarjeta. En este caso, la mejor opción para recuperar el dinero pagado por el billete sería hacerlo a través del emisor de la tarjeta con la que lo pagó: es a esta entidad a la que se debe solicitar la devolución del cargo. En cualquier caso, como la cancelación se debe a circunstancias extraordinarias, los usuarios no tienen derecho a una indemnización adicional.
Des la OCU recuerdan que la Directiva Europea obliga a los organizadores y los minoristas de viajes combinados establecidos en el ámbito de la Unión Europea a constituir una garantía que cubra las contingencias en caso de insolvencia. Dicha garantía podrá constituirse mediante la creación de un fondo de garantía, la contratación de un seguro, un aval u otra garantía financiera. Esta garantía es la que ha de hacer frente al caso de insolvencia.