Empleo

Estas son las diferencias entre la prestación contributiva (paro) y el subsidio por desempleo

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    Sergio Guinaldo

    Para alguien que pierde su puesto de trabajo y no tiene posibilidad de encontrar otro empleo a corto plazo, es primordial no dejar de obtener ingresos, especialmente en aquellos casos en los que el sueldo sostenía a una familia. Y, para ello, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) dispone de diferentes prestaciones que ofrecer a los desempleados hasta que obtengan un nuevo trabajo.

    Aunque la más conocida es el paro (denominada oficialmente como prestación contributiva), existe también otra figura no tan reconocida pero igualmente útil: el subsidio por desempleo. Ambas destinan una cuantía económica para que la perciba el desempleado, pero poseen diferencias entre sí. Estas, principalmente, tienen que ver con el periodo cotizado, la duración de la ayuda y su cuantía.

    Prestación contributiva o paro

    "La prestación contributiva protege la situación de desempleo de quienes pudiendo y queriendo trabajar, pierdan su empleo de forma temporal o definitiva o vean reducida temporalmente su jornada ordinaria de trabajo entre un mínimo de un 10 % y un 70 %", define el SEPE.

    Para poder percibir el paro, el interesado debe cumplir una serie de requisitos, como estar afiliado y en situación de alta en la Seguridad Social, encontrarse en situación legal de desempleo, estar disponible para buscar activamente empleo y para aceptar una colocación adecuada, o la más importante: haber trabajado y cotizado al menos 360 días dentro de los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo.

    La duración de la prestación contributiva depende de las cotizaciones por desempleo que haya realizado en los últimos 6 años anteriores a la situación legal de desempleo. En este otro artículo te explicamos cuántos días de paro corresponden en función del tiempo cotizado.

    Asimismo, la cuantía a percibir depende de las bases de cotización a la Seguridad Social por contingencias profesionales durante los 180 últimos días cotizados. En función de las bases de cotización y del número de hijos, la cuantía a percibir oscilará entre los 540.41 euros y los 1.519.92 euros. No obstante, desde el SEPE disponen de una calculadora que estima la prestación a recibir, cuyo carácter es meramente informativo y no vinculante.

    Subsidio por desempleo

    "Si usted ha trabajado menos de un año, puede acceder a un subsidio por desempleo, pero hay que tener en cuenta que la duración depende del número de meses cotizados y de si tiene o no responsabilidades familiares", describe el SEPE.

    Para poder percibir este subsidio, y al igual que sucede con el paro, el desempleado debe estar en situación legal de desempleo y estar inscrito como demandante de empleo. La diferencia principal reside en el tiempo cotizado. Mientras que para el paro se requería un mínimo de 360 días, para el subsidio por desempleo se requiere "al menos 3 meses si usted tiene responsabilidades familiares, o al menos 6 meses si no las tiene". Del mismo modo, se exigen no percibir rentas de cualquier tipo superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional".

    En cuanto a la duración de la ayuda, el subsidio durará 3, 4 o 5 meses si ha cotizado 3, 4 o 5 meses, respectivamente. Y si la cotización supera los 6 meses, el subsidio durará 6 meses en el caso de que no existan responsabilidades familiares y 21 meses en caso contrario.

    La cuantía a percibir "es igual al 80 % del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM)". Es decir, 463,21 euros, según las cuantías para este año.