El Gobierno rectifica el plan que ponía fin a la reducción fiscal de los matrimonios que tributan el IRPF de modo conjunto
- La AIReF recomendó el verano pasado suprimir este beneficio fiscal
- La medida desincentiva el acceso de las mujeres casadas al mundo laboral
elEconomista.es
El Gobierno rectifica en su plan de eliminar de manera "paulatina" la reducción por tributación conjunta en el IRPF tras las duras críticas recibidas por parte de la oposición en víspera electoral y asegura que esperará al dictamen de los expertos de la reforma fiscal y evaluará "la medida sin incrementar la carga fiscal de las familias".
El ejecutivo había incluido esta medida en el Plan de Recuperación enviado el viernes a Bruselas al considerar que "genera un desincentivo a la participación laboral del segundo perceptor de renta", que suelen ser mujeres. Esta medida, adelantada por El País, se quería adoptar mediante el establecimiento de un régimen transitorio.
Esta medida, que suponía la supresión de la reducción fiscal que disfrutan los matrimonios que declaran conjuntamente el IRPF y que alcanza los 3.400 euros, había sido solicitada por la AIReF en un informe publicado el verano pasado, en el que vinculaba el beneficio fiscal con la desigualdad entre hombres y mujeres
La reducción en la base imponible del IRPF por tributación conjunta asciende, en el caso de unidades familiares integradas por ambos cónyuges, a 3.400 euros, y en las monoparentales, a 2.150 euros. Dos millones de hogares se benefician de esta exención y su coste supone alrededor de 1.000 millones al año.
La Agencia Tributaria prevé recibir en la campaña de la renta de 2020 casi 3,5 millones de declaraciones conjuntas, un 7,1% menos, una tendencia a la baja que se mantiene desde hace años ya que esta reducción se aplica principalmente en caso de que uno de los cónyuges no trabaje.
La propuesta está recogida en el Plan de Recuperación que el Ejecutivo liderado por Pedro Sánchez ha enviado a la Comisión Europea para su visto bueno.
El planteamiento está enmarcado dentro de las políticas de igualdad, como incentivo para fomentar la incorporación al trabajo de las mujeres.
La reducción fiscal beneficia a los hogares en los que sólo una persona de la pareja es receptor de rentas o la del segundo miembros es muy baja. Esta situación la suelen ocupar las mujeres, y el planteamiento profundiza en la desincentivación de su entrada al mundo laboral.
La AIReF recomendó la supresión del beneficio fiscal
Un informe de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) ya alertó el verano pasado sobre esta figura de la Renta y sus perniciosas consecuencias en este sentido, y recomendó la supresión del beneficio fiscal.
La declaración de la renta conjunta ahorra 3.400 euros anuales a los matrimonios que tributan el impuesto de esta manera. Es precisamente este beneficio fiscal, según la AIReF, el que provoca efectos negativos sobre la oferta de trabajo de los integrantes de la unidad familiar que aportan una renta menor, desincentivando su participación en el mercado de trabajo.
En concreto, según el análisis de los datos de las declaraciones de la renta conjuntas de 2016, las mujeres son el miembro del hogar en España con menor renta en el 83,2% de los casos.
En este punto, cabe destacar dos cuestiones: que la tasa de empleo de las mujeres en España está por debajo de la de los países del entorno y que la brecha entre la tasa de empleo femenina y la masculina (del 18,9%) es superior en España que en los países vecinos, especialmente entre las mujeres casadas, y que esta se agrava hasta el 30,9% si tienen un nivel educativo inferior.