Declaración de la renta
Cómo hacer la declaración de la Renta 2024-2025 sin certificado catastral
- Se trata de una de las informaciones a ratificar en los datos fiscales
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elEconomista.es
La presentación de la declaración de la Renta implica realizar toda una serie de trámites complementarios debido a que el borrador incluye cierta información que bien hay que completar, corroborar o rectificar. Uno de ellos es la obtención del certificado catastral.
El certificado catastral es un código alfanumérico de 20 caracteres asignado por el catastro con el objetivo de identificar una vivienda de forma oficial. También se le conoce como referencia catastral o cédula.
Este código es requerido por Hacienda a la hora de hacer la declaración. El contribuyente tiene que introducirlo antes de acceder al borrador, y de este requisito no escapan ni los ciudadanos con una vivienda en propiedad ni los que están viviendo de alquiler.
Es, en concreto, el apartado de ratificación de los datos fiscales, que incluye un campo a rellenar con ese certificado catastral. Hacienda explica en su Sede Electrónica que "una vez ratificado el domicilio, ya no se mostrará esta aplicación en posteriores accesos, dando paso a la aplicación de Renta que corresponda".
Cómo conseguir el certificado catastral
Es preciso acudir a la sección de la Campaña de la Renta 2024-2025 (se encuentra en este enlace de la web de Hacienda) y hacer clic en 'Datos fiscales'. El sistema le pedirá identificarse con alguno de los cuatro métodos permitidos:
- Cualquier certificado electrónico autorizado como el certificado digital (así puede conseguirlo) y el DNI electrónico (puede obtenerse siguiendo estos pasos).
- Cl@ve Móvil, incluyendo la Cl@ve PIN, que se puede obtener con las indicaciones de este enlace.
- Número de referencia, que se obtiene a partir del dato de la casilla 505 de la Renta del ejercicio anterior.
- eIDAS, el método de identificación europeo.
Una vez se ha accedido a los datos fiscales, habrá que consultar cuáles son los datos que constan en la base de datos de Hacienda. En el caso de que todos los datos sean correctos, incluido el de la referencia catastral, solo será necesario hacer clic en 'Ratificar'. De lo contrario, habrá que clicar en 'Continuar'.
En el caso de no conocer el certificado catastral, será posible usar el buscador. En la pestaña 'CALLE / NÚMERO', hay que indicar la información de la vivienda y después hacer clic en 'DATOS'. Así aparecerán en pantalla los datos completos del inmueble. Tras hacerlo, anota o copia la referencia catastral para continuar con el proceso de ratificación.
Qué hacer si el inmueble no tiene referencia catastral
En el caso de que no consigamos así el certificado catastral existe otra opción: acudir al Buscador de Inmuebles y Visor Cartográfico de la Sede Electrónica del Catastro para conseguir el código alfanumérico. Este buscador funciona de forma similar al Buscador Catastro de la Agencia Tributaria.
Con todo, es posible que el inmueble arrendado no tenga referencia catastral. Si esto sucede, el contribuyente se encontrará en el único caso en el que no tendrá que introducir el código alfanumérico al hacer declaración de la Renta, ya que la vivienda no tiene ninguno asignado.
La Agencia Tributaria lo recoge en su página web: "En caso de que el inmueble o inmuebles arrendados no cuenten con referencia catastral, deberá consignarse la clave 3 en el campo 'Situación del inmueble', correspondiente a cada registro de perceptor, dejándose en blanco el campo Referencia catastral".