Las refinanciaciones suponen la cuarta parte del nuevo crédito hipotecario
- Crecen un 52% hasta mayo, impulsadas por la retirada de las cláusulas suelo
Fernando Tadeo
La refinanciaciones o renegociaciones hipotecas suponen ya la cuarta parte del crédito nuevo otorgado por las entidades para las adquisición de viviendas por parte de los particulares. Según el último informe de la Asociación Hipotecaria Española (AHE), el cambio de condiciones en préstamos antiguos creció en los cinco primeros meses del año un 52%. Estas líneas de financiación tenían un importe nominal del 4.350 millones, es decir, un 25,6% del volumen total concedido.
En el mismo periodo de 2015, las renegociaciones representaban un 22% del dinero dado a las familias para la compra de pisos, con un valor de 2.845 millones.
Esta subida se debe principalmente al incremento experimentado en abril, donde las refinanciaciones se multiplicaron por cuatro y en mayo, cuando se duplicaron, sobre todo por la estrategia de buena parte de las entidades de cambiar las condiciones de las hipotecas con cláusula suelo, bien por decisión propia o bien después de determinadas actuaciones judiciales. Por ejemplo, en la primera mitad del ejercicio el Popular retiró el tipo de interés mínimo a más de 100.000 clientes tras una sentencia del Supremo.
El pasado verano el cambio en créditos antiguos también se disparó por el hecho de que entre otras, Caixabank y Bankia, eliminaron los suelos hipotecarios para anticiparse a posibles reveses por parte de los tribunales.
Tipos fijos
En las renegociaciones, las entidades están pactando en su mayor parte la fijación de tipos fijos en vez de los tradicionales variables, con el objetivo de dar cierta estabilidad a la cuenta de resultados en un momento en que el euribor se encuentra en terreno negativo y no deja de depreciarse.
Todas las entidades españolas, a excepción de Santander y Bankinter, recibieron en abril un varapalo judicial. El juzgado que instruía la macrocausa contra las cláusulas suelo impulsada por Adicae condenó al conjunto del sector y ordenó la eliminación de estos tipos mínimos, aunque siempre que se demostrara una mala comercialización o el cliente no cumpliera con el perfil adecuado para no conocer qué consecuencias acarrea dicha cláusula. La sentencia ha sido recurrida por buena parte de las entidades afectadas, unas 40.
Pero, lo que de verdad ha mantenido en vilo a todo el sistema era la valoración del abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre la retroactividad en las devoluciones de dinero cobrado de más por la aplicación de los intereses mínimos en las hipotecas a tipo variable.
En julio este letrado avaló la doctrina del Supremo español, fijando mayo de 2013 la fecha hasta la que se podía establecer la retroactividad. Esta opinión es una pequeña victoria para las entidades, aunque será a finales de año cuando este asunto se dirima con las conclusiones finales del alto tribunal de Luxemburgo. La banca se juega hasta 7.500 millones.