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Organizaciones de consumidores denuncian a un restaurante de Ibiza que cobra 12 euros por colgar el bolso
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elEconomista.es
Hace unos días la historia de unos clientes a los que cobraban 12 euros por un gancho para colgar el bolso dio mucho de lo que hablar. Fue el perfil de @soycamarero el que se encargó de darle difusión y, ahora, desde Consumidores en Acción han denunciado ante la Dirección General de Prestaciones, Farmacia y Consumo del Gobierno de las Islas Baleares al restaurante de Ibiza.
En contexto
La imagen que se compartió muestra un ticket en el que se coló un importe con el concepto de "gancho bolsa". Se explica que en un primer momento declinaron usar el gancho, pero a la insistencia de la camarera terminaron por aceptar.
La sorpresa llegó con la cuenta al ver que se les iba a cobrar este soporte para colgar las cosas a 12 euros. Ante las quejas fueron a reclamar, pero se les indicó, según afirma la usuaria, que se podían llevar el gancho si querían.
Las redes no tardaron en pronunciarse con indignación ante este hecho que a primera vista parece ilegal, sobre todo si nadie se lo había indicado previamente.
La respuesta del local
La numerosas reacciones llevaron a que el restaurante japonés Wakame se pronunciara. Afirmaron que empezaron a cobrar "después de que, por descuido, muchos clientes se llevaran el gancho pensando que era gratis". De esta manera penalizan llevarse un objeto que cuesta en el mercado poco más de un euro con 12.
El local sigue argumentando que con este cuelgabolsos se ofrece "un servicio opcional". Ningún usuario ha denunciado que se le obligue a usar este objeto, advierte FACUA. Este concepto se incluye en la cuenta a modo de "depósito" "para no olvidar retirarlo al final", explican. Además, "su importe siempre se descuenta al pagar, salvo que la persona quiera llevárselo como recuerdo".
Está práctica
Se considera una práctica un tanto abusiva por la asociación y se entiende como contraria a lo que dice la legislación estatal y autonómica, ya que no hubo información previa a los clientes sobre este depósito.
Si el restuarante quisiera cobrar legalmente este servicio debería informar del coste al ofrecerlo y que el cliente decida si adquiere el producto o no.
Lo que dice la ley
"Se considerarán cláusulas abusivas todas aquellas estipulaciones no negociadas individualmente y todas aquéllas prácticas no consentidas expresamente que, en contra de las exigencias de la buena fe causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato", sostiene el artículo 82 del Real Decreto Legislativo 1/2007 (a 16 de noviembre).
Sigue el Decreto con su artículo 89: "Los incrementos de precio por servicios accesorios, financiación, aplazamientos, recargos, indemnización o penalizaciones que no correspondan a prestaciones adicionales susceptibles de ser aceptados o rechazados en cada caso expresados con la debida claridad o separación".
Sumado a esto se encuentra la Ley Ley 7/2014, de 23 de julio, de protección de las personas consumidoras y usuarias de las Islas Baleares. Esta considera como infracción aquellos acuerdos previos que "utilicen cualquier método de venta que induzca a pagar servicios o productos accesorios que vienen predeterminados en la oferta sin que el consumidor los haya solicitado expresamente o cuando se induzca o se confunda al consumidor para que los solicite sin tener plena conciencia de ello".
Actuación
Con esto, FACUA ha solicitado la investigación de los hechos y que la Dirección General de Prestaciones, Farmacia y Consumo del Gobierno de las Islas Baleares abra un expediente sancionador al local.