Vivienda - Inmobiliario
Así puedes calcular si tu casero te ha subido el alquiler más de lo permitido por el IPC
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elEconomista.es
En los contratos de alquiler se recogen tantas cláusulas que muchas veces obviamos las más importantes. Una de las más comunes es la que especifica que el propietario tiene derecho a subir la renta por cada año cumplido de contrato para ajustar los precios al mercado, aunque hay determinados límites que no se pueden sobrepasar.
Y es que hace un par de años el baremo que se utilizaba para determinar cuánto podía subir el alquiler cambió. Para los contratos firmados a partir del 26 de mayo de 2023, el cómputo que se utiliza es el Índice de Referencia para la Actualización de Arrendamientos de Vivienda (IRAV), que comenzó a aplicarse tras la entrada en vigor de la Ley de Vivienda "con el objetivo de evitar incrementos desproporcionados en la renta".
No obstante, a los contratos anteriores al 26 de mayo de 2023 se les aplica el Índice de Precios al Consumo (IPC) para actualizar el precio del alquiler, baremo que sirve para medir la variación del precio de la vida y del poder adquisitivo de los ciudadanos. Lo calcula el Instituto Nacional de Estadística (INE) y en torno al día 15 de cada mes, publica el del mes anterior, es decir que el dato de agosto se corresponde con el IPC de julio, que en 2025 ha sido del 2,7%, último porcentaje conocido.
Ahora bien, tanto el propietario como el inquilino deben estar al tanto de este cómputo para subir el alquiler si se quisiera incrementar. Eso sí, el IPC que se tiene que aplicar a la renta que nos ocupa es el que estuviera publicado a fecha de la última actualización (normalmente cada aniversario de firma), o lo que es lo mismo, que si el contrato es, por ejemplo, del 1 de septiembre, no está publicado el de agosto sino el de julio (recordemos que el INE publica a mediados de mes el IPC del mes anterior, por lo que el 1 de septiembre todavía no se sabe el de agosto, que se publicará en torno al 15), que es el que servirá para actualizar la renta.
Cálculo para casos concretos
Para calcular la subida del precio del alquiler con el IPC debemos tomar como referencia el alquiler actual y multiplicarlo por el porcentaje del IPC en forma decimal para obtener el aumento. Después, bastará con sumar el resultado al alquiler actual para obtener la nueva renta del alquiler. Por poner un ejemplo, si el inquilino pagaba 1.200 euros de alquiler, el 2,7% (IPC de julio de 2025) de 1.200 es 32,4. Lo sumamos y vemos que el arrendatario tendría que pagar 1.232,4 euros de renta hasta la próxima actualización.
Si todavía tienes dudas, el Ministerio de Vivienda ofrece una herramienta gratuita para calcular casos concretos, ya sea con el IPC o con el IRAV, al que se puede acceder a través de este enlace.
En este punto se hace obligado mencionar que todos los contratos de arrendamiento que se actualizaron entre el 1 de abril de 2022 y el 31 de diciembre de 2024 se desvincularon del IPC, recuerdan desde idealista. En 2022 y 2023 las subidas estuvieron limitadas al 2%, mientras que en 2024 era hasta el 3%.
A tener en cuenta
Hay que tener en cuenta que la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) establece en su artículo 18 que el precio del alquiler se podrá actualizar cada año solo si se ha pactado de forma expresa, aunque "en defecto de pacto expreso, no se aplicará actualización de rentas a los contratos". Así, se hace imprescindible que el propietario informe al inquilino de la subida, en caso de que la hubiera, de lo contrario, el incremento del alquiler no sería efectivo:
"La renta actualizada será exigible al arrendatario a partir del mes siguiente a aquel en que la parte interesada lo notifique a la otra parte por escrito".
Esto aplica tanto al IPC como al IRAV, por lo que en caso de que el propietario no informe al inquilino de que aumenta la renta del alquiler, simplemente pagará lo mismo que el mes anterior. De este modo se obliga al propietario a dejar constancia de cualquier subida. Aún así, fíjate bien si tu contrato incluye una cláusula de actualización por el IPC. En caso de que se suba por encima del porcentaje correspondiente, el inquilino podría iniciar procedimientos judiciales.