Vivienda - Inmobiliario
Alerta inquilinos: los caseros pueden exigir el pago de más de un mes de fianza de alquiler en estos casos
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elEconomista.es
Uno de los principales gastos que una persona ha de afrontar cuando firma un contrato de alquiler es el pago de la fianza, que se suma al del mes corriente y que crea una pequeña inversión que, dado el precio del alquiler, ya supone varios miles de euros de entrada. Lo habitual es pagar un mes de fianza, pero no siempre es así y en ocasiones la cifra puede ser superior.
La normativa que regula los alquileres se ha ido modificando en los últimos años para ampliar los derechos de los inquilinos en un contexto de precios de alquiler tan elevados que su acceso es cada vez más complicado. Y uno de los aspectos que se han cambiado es el de las fianzas en los contratos.
La Ley de Arrendamientos Urbanos dedica un artículo completo a la fianza, su artículo 36 (puede consultarlo en este enlace), en el que establece que "a la celebración del contrato será obligatoria la exigencia y prestación de fianza en metálico en cantidad equivalente a una mensualidad de renta en el arrendamiento de viviendas".
Esto, aplicado a los inquilinos, implica que en el momento de la firma del contrato de alquiler sea necesario pagar dos mensualidades: una correspondiente al primer mes de contrato y otra para satisfacer el pago de la fianza.
Pero la ley concede a los propietarios el derecho a exigir cantidades mayores en concepto de fianza adicional. "Las partes podrán pactar cualquier tipo de garantía del cumplimiento por el arrendatario de sus obligaciones arrendaticias adicional a la fianza en metálico", explica el artículo.
Esta garantía adicional está topada: en los arrendamientos de vivienda de hasta cinco años de duración "el valor de esta garantía adicional no podrá exceder de dos mensualidades de renta".
Por lo tanto, en el peor de los casos el inquilino tendrá que pagar de golpe cuatro mensualidades: la mensualidad corriente, una mensualidad en concepto de fianza estándar y dos mensualidades en concepto de fianza adicional.
Esta cantidad de dos mensualidades de garantía adicional fue una de las novedades aprobadas en 2019 y tuvo como objetivo poner tope a un coste extra para el inquilino que hasta ese momento no estaba limitado y que abría la puerta a la existencia de "prácticas abusivas", según informa el Ministerio de Vivienda en su página web.