Vivienda - Inmobiliario

Estos son los nuevos criterios de los pisos de alquiler de Zaragoza Vivienda

Los pisos gestionados por Zaragoza Vivienda tendrán una renta de alquiler de cuatro euros por metro cuadrado.

elEconomista.es
Zaragoza,

El Ayuntamiento de Zaragoza ha modificado los criterios de cálculo de la renta de alquiler con el fin de adaptarlo a la realidad actual y al esfuerzo sobre los ingresos de los arrendatarios de pisos gestionados por Zaragoza Vivienda.

Este acuerdo, aprobado por unanimidad este febrero en el seno del Consejo de Administración de la sociedad municipal de vivienda, tiene por fin adaptarse a la pérdida de poder adquisitivo de las familias en los últimos años.

De este modo, la renta del alquiler mensual se calculará conforme al nivel de esfuerzo sobre los ingresos netos de la unidad de convivencia de los tres últimos meses. A todos los efectos, se computarán los ingresos de todos los miembros de la unidad de convivencia. No obstante, los ingresos de los descendientes con edad menor o igual a 25 años computarán al 50%. Además no se contabilizarán como ingresos para este cálculo los que provengan de las prestaciones derivadas de la Ley de Dependencia.

La renta del alquiler queda fijada a 4 euros por metro cuadrado para los contratos que se firmen a partir del 1 de marzo de 2025. Este importe se actualizará anualmente según el Índice de Referencia de Arrendamientos de Vivienda o el que lo sustituya.

La renta general de los contratos de arrendamiento de viviendas gestionadas por Zaragoza Vivienda se determinará adaptando el nivel de esfuerzo económico que tengan que hacer las unidades de convivencia al precio de la renta, incluyendo los gastos de comunidad como gasto asimilado a la renta. "En todo caso, se establece un precio mínimo de alquiler de 85 euros mensuales", ha especificado José Miguel Rodrigo.

Las unidades de convivencia con ingresos netos inferiores o iguales a 1 IPREM pagarán el precio mínimo de alquiler de 85 euros. A partir de 1 IPREM, el importe de renta y gastos de comunidad a pagar por los arrendatarios no podrá superar entre el 15% y el 30% de los ingresos netos de la unidad de convivencia. Este porcentaje aumentará progresivamente a medida que aumenten sus ingresos económicos, hasta un máximo del 30% en los casos que superen 2,5 IPREM.

De esta manera, habrá otros dos indicadores para ponderar las rentas que se girarán a los usuarios. Se tendrá en cuenta el número de miembros de la unidad de convivencia. Se aplicará una reducción de 10 euros al mes por cada miembro adicional de la unidad de convivencia, a partir del tercer miembro, teniendo en cuenta la vulnerabilidad de las mismas. Esta cuantía se actualizará anualmente con el IPC y se aplicará a aquellas familias cuyos ingresos no superen 3 IPREM.

Por otra parte, se valorarán las situaciones especiales. A las familias monoparentales y a las que tengan menores de 18 años con más del 33% de discapacidad se les aplicará una reducción de 20 euros mensuales y se actualizará anualmente con el IPC. En ambas situaciones el importe de la reducción se realizará por unidad de convivencia, independientemente del número de miembros que la integre, y siempre que los ingresos no superen 3 IPREM.

"Los criterios de reducción son independientes, pero se podrán aplicar de forma conjunta", ha recordado José Miguel Rodrigo, concejal delegado de Vivienda.

Estos criterios de cálculo de la renta del alquiler se revisarán y evaluarán con carácter general cada cinco años, salvo que se den circunstancias extraordinarias que afecten a la vida de los inquilinos y siempre que se detecten nuevas situaciones que sea necesario incluir, con la finalidad de que los criterios de cálculo no se queden desfasados.