Vivienda - Inmobiliario

La exención del IRPF a los caseros dejará fuera a las viviendas de lujo y las rentas más altas

Pedro Sánchez, presidente del Gobierno

elEconomista.es

La exención del 100% del IRPF que plantea el Gobierno para aquellos propietarios que arrienden sus viviendas según el índice de precios de referencia excluirá a viviendas de rentas altas.

Así lo explicaron fuentes del Gobierno, que detallaron que "no tiene sentido que viviendas de determinados rangos de precio se beneficien de esta medida, ya que el objetivo es fomentar alquileres a precios asequibles, por lo que se establecerán ciertos límites".

Desde el Ministerio de Vivienda apuntan a este medio que todavía se está trabajando para determinar cuales serán esos factores que determinarán que tipo de viviendas o que nivel de rentas entran dentro de esta ventaja fiscal, que deberá votarse en el Congreso.

Esta es una de las 12 medidas en materia de vivienda que ha anunciado esta semana el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y que persiguen el objetivo de incentivar a los propietarios para que alquilen a precios asequibles. Por ese motivo, creen que lo "lógico es que la exención del IRPF excluya a viviendas de lujo en alquiler" para que los caseros con mayores ingresos y pisos de lujo no puedan beneficiarse de esta ventaja.

El tope de precios excluye a infraviviendas, pisos de lujo y obra nueva

Lo cierto es que este tipo de viviendas también están excluidas del tope de precios del alquiler que se aplica en zonas declaradas tensionadas. Así, el índice de precios de referencia que se aprobó en el contexto de la ley de vivienda únicamente se aplica a viviendas "situadas en edificio de tipología residencial colectiva y viviendas de superficie construida de entre 30 y 150 m2".

Es decir, deja fuera a las viviendas unifamiliares y a los pisos de más de 150 m2, que al encontrarse en zonas declaradas tensionadas, son por ende, pisos premium.

Asimismo, el índice de precios de referencia en zonas tensionadas tampoco afecta a "viviendas de más de cinco años de antigüedad, de acuerdo con la fecha de construcción o de rehabilitación integral del edificio en el que se encuentra".

Para fijar las limitaciones de la exención fiscal del IPRF, el Gobierno podría fijarse en estos parámetros. Si bien, desde Vivienda insisten en que esto no está decidido todavía. "Seguimos trabajando", apuntan.