Vivienda - Inmobiliario
9 de cada 10 pisos turísticos en Madrid no tienen licencia: estas son las multas a las que se enfrentan
- El 92% de los inmuebles opera sin licencia de vivienda de uso turístico (VUT)
- A partir de ahora, las sanciones tendrán una mayor cuantía
- Mapa de los pisos turísticos legales de Madrid
elEconomista.es
Este lunes, el Ayuntamiento de Madrid ha publicado el listado de todas las viviendas de uso turístico que operan con licencia urbanística. Esta medida forma parte del plan de acción anunciado por el consistorio el pasado mes de abril, con el que el ayuntamiento de la capital persigue un triple objetivo: "evitar la desertización residencial del distrito de Centro, ordenar la oferta turística y favorecer la convivencia entre vecinos y visitantes".
Lo más interesante de este listado de datos representados en un mapa no es lo que muestra, sino lo que no muestra. Es decir, el listado incluye y muestra la ubicación de las 1.008 viviendas que operan con licencia de vivienda de uso turístico (VUT). Sin embargo, el propio Ayuntamiento sabe que en la ciudad hay 13.502 viviendas turísticas. Al cruzar ambas cifras, obtenemos que de esas más de trece mil viviendas, solamente unas mil funcionan conforme a la legalidad. Así, únicamente el 7,4% de las viviendas turísticas disponen de licencia VUT. O lo que es lo mismo: el 92,6% de pisos turísticos (12.494 en total) funcionan de manera ilegal.
Por tanto, si reservamos una vivienda turística en la capital y consultamos su presencia (o ausencia) en el mapa, podremos averiguar si la vivienda es legal o ilegal, más allá de que figure en una aplicación o web de reserva de alojamientos acreditada.
Multas para los pisos ilegales
Junto con este listado, el Ayuntamiento ha explicado a qué tipo de sanción se van a enfrentar los propietarios de inmuebles que los exploten como viviendas de uso turístico sin disponer de licencia.
Hasta ahora, y dado que el Ayuntamiento de Madrid no dispone de una normativa sancionadora específica para las VUT, el procedimiento sancionador se regía por la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo. Bajo esta, al detectar un uso inadecuado de la vivienda se ordenaba el cese de la actividad; si posteriormente se comprobaba que no se había acatado el cese, se imponían multas coercitivas de 1.000, 2.000 y 3.000 euros.
En cambio, a partir de ahora las multas cambian. Cuando el Ayuntamiento de Madrid verifique que una vivienda se dedica a uso turístico sin contar con licencia para ello, se actuará al amparo de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid (LSCM). Esta norma tipifica como infracción grave esta práctica; en consecuencia, el procedimiento será el siguiente:
- primero, se efectuará una orden de cese y restablecimiento de la legalidad;
- posteriormente y en caso de incumplimiento, se emitirá una sanción firme de 30.001 euros;
- tras esa primera sanción y si continúa la actividad irregular, se emitirá una segunda sanción irme de 60.001 euros;
- y si persiste el funcionamiento, se emitirá de nuevo una tercera sanción firme de 100.001 euros.
Conviene saber que todas estas sanciones se acumularán, por lo que si se quebranta la normativa rozarían los 200.000 euros.
Para garantizar el buen cumplimiento de la norma, el Ayuntamiento va a incrementar el cuerpo de inspectores un 15%, por lo que la plantilla contará con 75 trabajadores.