Transportes y Turismo
La Unión Europea acuerda cobrar las multas impuestas a los conductores en el extranjero
- Según la UE, el 40% de las infracciones transfronterizas quedan impunes
- El Ayuntamiento de Madrid factura casi un millón de euros al día en multas de tráfico
- La Eurocámara respalda por mayoría una ley 'Rider' descafeinada
elEconomista.es
Este miércoles, el pleno del Parlamento Europeo han aprobado a la reforma para reforzar la cooperación y el intercambio de información entre los países de la Unión Europea en el ámbito de la seguridad vial y así perseguir con más eficacia las infracciones graves de tráfico cometidas en un país diferente al de residencia del conductor.
Los eurodiputados han dado luz verde después de 570 votos a favor, 36 en contra y 24 abstenciones al acuerdo político alcanzado el pasado marzo entre los negociadores de la Eurocámara y del Consejo con en el que se ampliará la lista de infracciones por las que se activa la asistencia transfronteriza para poder multar a un infractor no residente.
Según la UE, el 40% de las infracciones transfronterizas quedan impunes
Solo hace falta que el Consejo dé el visto bueno para que entre en vigor, en ese momento, los países de la UE tendrán 30 meses para prepararse para su aplicación. Según datos de la Unión Europea, aproximadamente el 40% de las infracciones transfronterizas quedan impunes y esta revisión de las normas europeas implicará la obligación para el Estado miembro de ayudar a encontrar al infractor, para lo que se deberá dar curso a la solicitud de apoyo de un socio en un plazo de dos meses desde que reciba la información.
El país de residencia del infractor podrá ocuparse del cobro de las multas de tráfico que se impongan en el marco de esta cooperación transfronteriza si se lo pide el Estado miembro dónde se cometió la infracción, siempre que sean irregularidades superiores a los 70 euros que estén pendientes de cobro tras agotar todos los recursos legales.
Además, las autoridades del país donde se cometió la infracción dispondrán de un plazo de 11 meses desde la fecha de la irregularidad para emitir un aviso al resto de socios. En este se debe incluir daros como el momento de la incidencia, circunstancias y cómo apelar la multa.
A partir de los dos años después de la transposición de las nuevas reglas a la legislación nacional quedará prohibido que entidades privadas ayuden a los países en el cobro de las multas a conductores extranjeros.
Algunas de las infracciones en las que se actuarán son:
- Exceso de velocidad.
- La conducción bajo los efectos del alcohol.
- Saltarse un semáforo rojo.
- En caso de estacionamiento peligroso.
- Adelantamientos de riesgo.
- El atropello con fuga.