Sanidad
La Sanidad pública, abocada a buscar plaza fija a más de 170.000 eventuales
- Las regiones aprovechan para sacar plazas, pero Hacienda las restringe
- El 28% de los sanitarios es temporal cuando en el sector público es el 14%
- El 50% de los médicos del Sistema Sanitario no tiene plaza en propiedad
Juan Marqués
El Gobierno y las comunidades autónomas están obligados a revisar su legislación laboral y política de contrataciones después de que dos sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) hayan destapado el abuso de la temporalidad en la sanidad española y el trato discriminatorio entre eventuales y fijos a la hora de percibir la indemnización por despido o cobrar el complemento salarial.
Aunque los fallos de la Corte de Luxemburgo solo tienen efecto directo sobre los casos particulares enjuiciados, sí ha abierto la vía para regularizar la situación de los más de 170.000 eventuales e interinos que trabajan actualmente en la sanidad pública (casi un 30%) y que han convertido el sistema sanitario en "la mayor empresa de trabajo temporal" de España, a juicio de la Organización Médica Colegial.
La sentencia ofrece munición legal para convertir en plazas fijas la mayor parte de estos contratos temporales. Hay que recordar que actualmente la mitad de los médicos que trabaja en la sanidad pública no tiene plaza en propiedad, mientras que, según el sindicato de enfermería Satse, tres de cada diez contratos públicos de enfermeras son igualmente temporales.
La sentencia europea desnuda la situación laboral de un sector sanitario que emplea a un total de 941.000 personas, 566.400 en el sector público y 374.600 en el privado. Y es que el abuso de la temporalidad, sobre todo en el sector público, queda patente en que más de un tercio de los trabajadores temporales (34,3%) tenía una antigüedad superior a los diez años, mientras que en la privada sólo un 12,5% de los temporales supera los cinco años de antigüedad.
Está también por ver el alcance económico de la otra sentencia comunitaria de 14 de septiembre, que tacha de discriminatoria la menor indemnización percibida por despido que la legislación española prevé para los temporales frente a los fijos -12 y 20 días por año trabajado, respectivamente-. Esta última decisión obliga también a revisar el Estatuto Marco de los trabajadores y puede, además de encarecer el coste de la eventualidad en el futuro, acarrear un coste para las administraciones públicas y las empresas, ya que abre la puerta a que los trabajadores eventuales interpongan una demanda de "reclamación de cantidad".
Hay que recordar que la tasa de temporalidad roe el sistema público desde mucho antes de la crisis. Si a finales de 2014 afectaba al 28% de las contrataciones, según datos de Comisiones Obreras extraídos de la EPA, la tasa de temporalidad alcanzaba el 34,6% en 2008, es decir, durante los años de la crisis se ha reducido como consecuencia de los recortes en el capítulo de personal que han acabado destruyendo empleo temporal.
"Muchos de los contratos temporales son utilizados para cubrir interinidades, puestos de trabajo que corresponden a una actividad habitual en los centros de trabajo y que no se cubren a través de Ofertas Públicas de Empleo (OPE), debido a los límites en las tasas de reposición establecidos de manera general para el conjunto de las Administraciones Públicas", explica Fernando Puig-Samper, experto de la Secretaría Confederal de Protección Social y Políticas Públicas de CCOO. Contrastan las cifras del sector público español con la media del 14% registrada en la UE-28.
La Comisión de Empleo y Seguridad Social ha aprobado una moción para instar al Gobierno a iniciar un plan de actuación con las administraciones autonómicas y los sindicatos con el objeto de reducir la tasa de temporalidad en la Sanidad a menos de un 10%. Este plan, señala el texto aprobado, deberá ser elaborado por la Comisión de Recursos Humanos del Consejo Interterritorial, de acuerdo con las CCAA y la participación de los sindicatos. Con este plan los grupos quieren modificar las limitaciones a las tasas de reposición cuando afecten a puestos de carácter estable, reconocer todas las plazas con contratos concatenados de más de dos años y fijar un calendario de Ofertas Públicas de Empleo.
Ofertas tras la sentencia
En este contexto, las comunidades autónomas están aprovechando la sentencia europea para impulsar nuevas Ofertas Públicas de Empleo (OPE) en sanidad y recuperar el terreno perdido. Murcia, por ejemplo, acaba de aprobar 1.250 plazas (582 de promoción interna) para reducir la precariedad laboral. El Servicio Andaluz de Salud también anunció el 27 de septiembre una OPE para 3.391 plazas, mientras que Aragón se ha visto obligada a reducir su oferta a 807 plazas sanitarias para ajustarse a la tasa de reposición que permite Hacienda y la ley autonómica de presupuestos.
El departamento que dirige Cristóbal Montoro vigila de cerca este proceso y ha amenazado al Gobierno de Castilla-La Mancha con interponer un recurso si no reduce a la mitad su oferta de empleo público en sanidad de 669 plazas de nuevo ingreso.
Por su parte, la Comunidad de Madrid ha lanzado un proceso extraordinario de conversión de 6.000 eventuales a interinos con el objetivo de reducir la tasa de eventuales al 5,4%, de un total de plantilla de 70.000 trabajadores.
El Gobierno ya ha anunciado que recurrirá al Constitucional esta decisión, así como la integración en el régimen estatutario del personal de los hospitales de Fuenlabrada, Alcorcón y la Unidad Central de Radiodiagnóstico, recogida en la Ley de Medidas Fiscales.