Voto por correo: pasos a seguir y hasta cuándo puede solicitarse de cara a las elecciones generales
- Tiene hasta el 18 de abril para acudir a las oficinas de Correos y solicitarlo
- Son tres pasos los necesarios para poder votar por correo el próximo 28-A
- Se disparan las peticiones de voto por correo de cara a las generales
elEconomista.es
Los electores que quieran ejercer su derecho a voto por correspondencia en las próximas elecciones generales del 28-A tienen hasta el 18 de abril para acudir a las oficinas de Correos para solicitar esta opción.
Según la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), el plazo para solicitar el voto por correo comprende desde la fecha de la publicación de la convocatoria de las elecciones, en el caso de las generales se puede solicitar desde el 5 de marzo, hasta el décimo día anterior a la votación, es decir, hasta el día 18 de abril.
En algunas ocasiones, según las circunstancias, la Junta Electoral Central (JEC) puede optar por ampliar uno o varios días ese plazo. [Ver también: Los españoles en el extranjero podrán votar en las generales hasta las 20:00]
Cómo pedir el voto por correo:
1. Lo primero que el votante tiene que hacer es acudir a un establecimiento de Correos y solicitar el voto por correo. En ese momento, tendrá que rellenar un formulario con la dirección en la que está empadronado y la dirección donde quiere recibir la documentación para poder ejercer su derecho a votar. Los impresos de solicitud de voto por correo,gratuitos, se encontrarán en cualquier oficina de correos, desde donde se pedirá a la correspondiente Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral un certificado de inscripción en el Censo. Para ello, es necesario llevar consigo el DNI, permiso de conducir, pasaporte o tarjeta de identidad/residencia de extranjero.
2. El siguiente paso será la recepción por parte del votante de la documentación necesaria -por correo certificado- para ejercer el sufragio por correo. Esto sucede desde el trigésimo cuarto día posterior a la convocatoria y antes del sexto día anterior al de la votación, es decir, entre el 8 y el 21 de abril.
3. Por último, el elector deberá enviar toda la documentación por correo hasta el tercer día previo a la celebración de los comicios, por lo que la fecha límite para ejercer el derecho al voto será el 24 de abril. Tras rellenar la papeleta de voto o elegirla de entre las distintas opciones, el elector deberá insertarla en el sobre, cerrarlo y llevarlo a cualquier oficina postal. El sobre modelo oficial estará dirigido a la mesa electoral, con el certificado de inscripción en el censo electoral, y el sobre de votación -donde va la papeleta-. La oficina tramitará el envío como correo certificado y urgente, también con carácter gratuito.
En caso de enfermedad o incapacidad que impida hacer este último paso en persona, la situación se debe acreditar mediante un certificado médico oficial, que se incluirá junto al impreso de solicitud de voto por correo. Así, el trámite lo puede hacer otra persona si está autorizada notarialmente.
El plazo para pedir el sufragio a distancia para las generales se solapa con el de las elecciones autonómicas y municipales del 26 de mayo. Para estos comicios. el plazo de solicitud de voto por correo irá del 2 de abril al 16 de mayo y la entrega de los sobre y papeletas por parte de los electores tendrá como límite el 22 de mayo.
Lea también: ¿Cómo funciona el voto al Senado? Así tienes que rellenar la papeleta el 28-A
Se disparan las peticiones de voto por correo para las generales
Superado ya la mitad del plazo previsto para su solicitud, las peticiones del voto por correo para las generales están registrando un notable incremento en comparación con otros comicios. Fuentes de Correos recogidas por Servimedia refirieron el pasado lunes que en los 26 días transcurridos desde que se puede pedir el voto por correo para el 28-A se ha constatado una afluencia mucho mayor a las oficinas postales, escalada especialmente notable en Vitoria o pueblos de Jaén.
Se da la circunstancia, más allá del momento político y la llamada a las urnas que pueda tener el adelanto electoral, de que las vacaciones de Semana Santa, del 15 al 21 de abril, son apenas una semana antes de las elecciones, siendo los días fuertes del 18 al 21 de este mes. Puede residir aquí uno de los motivos para el aumento de las solicitudes en los primeros días.