Opinión
Un nocivo cambio en Sociedades
elEconomista.es
El Gobierno quiere incluir en los Presupuestos Generales de 2021 su proyecto de acabar con la bonificación total en la repatriación de dividendos que ahora está prevista en el Impuesto de Sociedades.
La meta del Ejecutivo es que la exención pase del 100% actual al 95% de esos pagos. Se trata de un cambio mucho más profundo de lo que la cuantía del cambio puede hacer pensar. Hacienda ya intentó incluir esta reforma fiscal en las Cuentas de 2019, que finalmente no pudieron aprobarse, y creó un gran revuelo en el mundo empresarial. Basta recordar las palabras pronunciadas, en enero de ese año, por la presidenta de Banco Santander, Ana Botín, quien no dudó en calificar de "sinsentido" una medida de esta índole. Puede decirse que Botín hablaba en nombre de todas las empresas españolas que cuentan con una amplia presencia internacional. No en vano lo que se les exigirá, si la reforma prospera, es que paguen dos veces por un mismo concepto. Los dividendos que se repatrían ya han tributado en los países en los que se generaron. Se trata, por tanto, de una doble imposición en toda regla y, por ello, entra plenamente en la categoría de disposiciones jurídicamente impugnables. No en vano España cuenta con numerosos tratados firmados con los principales países del mundo para evitar estas situaciones. Es más, sin salir del marco de la Unión Europea, es posible que pueda alegarse una restricción a la libre circulación de capitales, en este caso, entre las empresas matrices y sus filiales.
Si desaparece la bonificación total en la repatriación de dividendos, se generará un problema de doble imposición
Con su reforma de Sociedades, Hacienda allana así el camino a un aluvión de litigios, al tiempo que impone un serio obstáculo a la internacionalización de las empresas españolas.