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La gestión de la pandemia sin estado de alarma: ¿Quién decide? ¿Qué marco legal impera? ¿Habrá cierres perimetrales?

  • La intención del Gobierno es no prorrogar el estado de alarma
  • Así, finalizará el toque de queda y los cierres de comunidades
  • Sin embargo, las CCAA podrán seguir restringiendo la movilidad
Qué pasará cuando finalice el estado de alarma

elEconomista.es
Madrid ,

"Queremos que el 9 de mayo sea el punto final al estado de alarma. Es nuestro objetivo y para eso trabajamos". Así de contundente se mostró el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros de este martes. Un anuncio que de llegar a término producirá la finalización de medidas como el toque de queda o cierres perimetrales. Sin embargo, las CCAA podrán seguir restringiendo la movilidad.

Qué es el estado de alarma

El estado de alarma, así como el de sitio o excepción, está regulado por el artículo 116 de la Constitución española y desarrollado mediante ley orgánica del 1 de junio de 1981. De los tres, el de alarma es el más adecuado para la situación actual porque se suele aplicar en situaciones de crisis sanitarias 

Con el decreto de alarma es posible limitar la circulación o permanencia de personas o vehículos en horas y lugares determinados, o condicionarlas al cumplimiento de ciertos requisitos. También practicar requisas temporales de todo tipo de bienes e imponer prestaciones personales obligatorias, así como intervenir y ocupar transitoriamente industrias, fábricas, talleres, explotaciones o locales de cualquier naturaleza, con excepción de domicilios privados.

Es posible asimismo limitar o racionar el uso de servicios o el consumo de artículos de primera necesidad, e impartir las órdenes necesarias para asegurar el abastecimiento de los mercados y el funcionamiento de los servicios de los centros de producción afectados

Los cierres perimetrales y el toque de queda terminan con el fin del estado de alarma

Ante el anuncio del presidente del Gobierno de que su intención es que el 9 de mayo sea el punto y final del estado de alarma, diversos constitucionalistas han advertido de que si decae también supondrá el fin tanto de los cierres de frontera entre comunidades autónomas como del toque de queda, ya que son restricciones que afectan a derechos fundamentales. Además, también decaería la posibilidad de limitar las reuniones sociales y familiares en espacios públicos y privados, que es de un máximo de seis personas no convivientes.

Quién toma las medidas ahora y bajo qué marco legal

Una vez que decaiga el estado de alarma, Sánchez considera que el Consejo Interterritorial debe ser quien decida a través de ese mecanismo de cogobernanza, donde están representados el Ministerio de Sanidad y también los consejeros de las CCAA. Su previsión es que sea este organismo quien pueda seguir respondiendo a cualquier tipo de rebrote que haya en España, así como al proceso de vacunación que se está llevando a cabo.

En este sentido, diversos expertos consultados por Europa Press indican que a partir de ese 9 de mayo las comunidades autónomas, aunque se coordinen en el Consejo Interterritorial de Salud, vuelven a la situación anterior al estado de alarma y por lo tanto sólo pueden adoptar "medidas ordinarias" en materia de sanidad. No obstante, indican que para situaciones graves pueden llegar a limitar derechos fundamentales pero sólo en casos muy definidos e individualizados valiéndose de la Ley Orgánica de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública de 1986.

Además, el Gobierno y las CCAA también cuenta con la Ley 2/2021, de 29 de marzo, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID19. Bautizada como la 'ley de la nueva normalidad', tiene por objeto establecer las medidas urgentes de prevención, contención y coordinación necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19, así como prevenir posibles rebrotes, con vistas a la superación de la fase III del Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad por parte de algunas provincias, islas y unidades territoriales y, eventualmente, la expiración de la vigencia del estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria.

Las CCAA pueden decretar cierres perimetrales sin estado de alarma

La portavoz del Gobierno y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha explicado este miércoles que el fin del estado de alarma supondrá el levantamiento de las medidas "generales" que, como el toque de queda, requieren de este "paraguas" legal. Eso sí, ha defendido que, con el aval de los tribunales y amparándose en la legislación ordinaria, las comunidades autónomas podrán seguir tomando medidas para limitar la movilidad dentro de sus territorios, como ya se hizo a mediados de 2020, tras la desescalada. "Las comunidades ya tuvieron medidas de contención del movimiento y de la limitación a la actividad pero no desde ese paraguas, que es general. Por tanto ya lo hemos experimentado, no es una iniciativa nueva", ha argumentado en una entrevista en RNE.

Los expertos consultados por la agencia de noticias explican que Ley Orgánica de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública de 1986 en su artículo tres señala que con el fin de controlar las enfermedades transmisibles, la autoridad sanitaria, además de realizar las acciones preventivas generales, podrá adoptar las medidas oportunas para el control de los enfermos, de las personas que estén o hayan estado en contacto con los mismos y del medio ambiente inmediato, así como las que se consideren necesarias en caso de riesgo de carácter transmisible.

Atendiendo a esto, los expertos indican que sí que podrían verse aun cierres perimetrales, pero serían de zonas sanitarias, barrios o como mucho de ciudades, nunca de toda una comunidad autónoma. Además, esos cierres que se adoptarían por decreto tendrían que contar con el aval de los tribunales. De esta forma, señalan que se vuelve a la situación que se vivió el verano pasado, y que las administraciones autonómicas sí que podrían por ejemplo restringir horarios comerciales y de hostelería.