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La Fiscalía espanta la inversión inmobiliaria al no acelerar el desalojo de okupas de pisos de fondos y bancos

  • La orden de petición de desalojo cautelar no aplica en pisos del banco
  • La medida cautelar no aplica si el inmueble no parece tener uso actual
  • Podemos recuerda que la mayoría de ocupaciones afectan a fondos buitre
Edificio okupado en Barcelona. Foto: Efe

elEconomista.es

La instrucción publicada este martes por la Fiscalía General para dar "inmediatez" a los desalojos de viviendas de particulares ocupadas olvida el lastre que supone para la inversión inmobiliaria la ocupación ilegal al no extender la petición del desalojo cautelar al supuesto de la usurpación de inmuebles que pertenezcan a bancos o fondos.

La Fiscalía establece la nueva línea de actuación en función del delito que estén cometiendo los ocupantes ilegítimos de los inmuebles, allanamiento de morada en caso de segundas residencias o las llamadas residencias de temporada o usurpación de bienes inmuebles, normalmente en viviendas en desuso. Este segundo es el que aplica en la actuación en caso de que la vivienda okupada pertenezca a una entidad bancaria o en un fondo de inversión. 

Según establece la fiscal general, Dolores Delgado, en la Instrucción nº 1/2020, de 15 de septiembre, "en aquellos supuestos en los que el inmueble no parezca gozar de un uso o una expectativa de uso actuales, singularmente en el caso de viviendas deshabitadas y que, a modo de ejemplo, no se encuentren en proceso de comercialización o reforma a fin de permitir su futuro uso, deberá atenderse a la concurrencia de otras circunstancias que aconsejen la adopción de la medida cautelar". 

La orden unificada de desalojo cautelar que rige desde ayer la actuación de los fiscales solo avala solicitar al juez esta medida cautelar si se constata que la usurpación de este tipo de inmuebles, además de lesionar el ius possidendi de la víctima -el derecho a poseer que se ostenta sobre un bien que, no obstante, es poseído materialmente por otro- pueda suponer la quiebra del ius possessionis, o la tenencia material y concreta sobre el bien.

Es decir, la usurpación (delito regulado en el artículo 245 del Código Penal) de pisos pertenecientes a grandes tenedores queda al margen de la nueva orden que busca dar celeridad a los desalojos sin esperar a que se resuelva el juicio.

Podemos no quiere dar alas a los "fondos buitre"

El sector bancario ya viene reivindicando el derecho a la propiedad privada ante las decenas de miles de pisos que actualmente están okupados, y ahora denuncia que la crisis generada por la pandemia ha debilitado aún más su seguridad jurídica y la de los inversores, con el consiguiente riesgo para la inversión inmobiliaria.

El pleno del Congreso de los Diputados no ha esquivado hoy el debate de la ocupación. El vicepresidente segundo, Pablo Iglesias, ha indicado durante el control al Gobierno que la inmensa mayoría de las ocupaciones de viviendas lo son de inmuebles vacíos, propiedad de bancos, volviendo a la postura que siempre ha defendido su formación y que subraya que el problema de la vivienda no es la ocupación sino los precios de la compra y alquiler de la vivienda, especialmente en los casos en los que el casero es un "fondo buitre". 

Según argumentan desde Unidas Podemos, el problema de facilitar el desalojo a estos fondos es que aumentaría la vulnerabilidad de los inquilinos que no puedan pagar el alquiler porque el propietario podría echarles de manera forzosa. Este punto para la formación morada es inadmisible y sería compartido por el PSOE.

En respuesta a la "pasividad" del Gobierno (de momento solo se ha mostrado abierto a dar más respaldo jurídico a Policía y Guardia Civil) el PP ha presentado una serie de medidas para cambiar cuanto antes la legislación que por el momento no han sido acogidas en el Gobierno.

Pablo Casado, líder de los 'populares', ha propuesto recuperar el delito de usurpación de un bien inmueble con penas de uno a tres años de prisión para los 'okupas', el desajolo exprés por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en un máximo de 48 horas o la prohibición de que los ayuntamientos puedan empadronar a los 'okupas' como, según los 'populares'.