Así puedes deducirte un 15% en la declaración de la renta si en 2024 compraste un coche etiqueta CERO
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Pedro Berrio
Si eres de los que en 2024 compró un eléctrico o un híbrido enchufable y/o instalaste un punto de recarga, puedes aplicar las deducciones que contempla el Gobierno en la declaración de la renta que tenemos que hacer hasta el 30 de junio.
En 2023, dentro del Decreto-Ley 5/2023 de 28 de junio, el Gobierno aprobó una deducción adicional del 15% en el IRPF por la compra de vehículos eléctricos, híbridos enchufables y de pila de combustible. Con el Plan Moves III recién ampliado, también se prolonga la deducción en el IRPF de la compra de un vehículo etiqueta 0 y la instalación de un punto de recarga para coches eléctricos. Ahora llega el momento de aprovechar la ventaja que ofrece el Gobierno al hacer la temida declaración de la renta.
¿Quién se puede aplicar la deducción en el IRPF por compra de vehículo eléctrico?
Cualquier particular que haya comprado un vehículo etiqueta 0 (eléctrico, eléctrico de autonomía ampliada, híbrido enchufable, de pila de combustible) contemplado en las ayudas del Plan Moves III, hasta el 31 de diciembre de 2024. Esto quiere decir que su precio antes de impuestos no puede superar los 45.000 euros y debe ser para uso particular, no puede estar asociado a ninguna actividad económica.
La base máxima sobre la que aplicar esta deducción en el IRPF es de 20.000 euros, teniendo en cuenta el precio del coche sin IVA y una vez descontada la ayuda del Plan Moves III o de cualquier otra subvención autonómica o municipal a la compra. Esto quiere decir que si, por ejemplo, tu coche etiqueta CERO costaba sin impuestos 26.000 euros y solicitaste el importe máximo del Moves III (7.000 euros), el máximo sobre el que podrás aplicar la deducción será 19.000 euros, el resultado de restar al precio del coche el importe de la ayuda estatal, por lo tanto la deducción que te podrás aplicar será de 2.850 euros.
El cargador también tiene deducción
La instalación del cargador también tiene una deducción del 15% en el IRPF pero en este caso sobre una base máxima de 4.000 euros. En el importe de esa base máxima se incluyen el propio cargador, la instalación, las obras para su instalación y los materiales. Al igual que en la adquisición del coche, si se solicitó la ayuda del Moves III o cualquier otra subvención autonómica o municipal para la instalación del punto de recarga, habrá que restarla del importe sobre el que se puede aplicar la deducción, con un máximo de 4.000 euros.
Otro punto importante es que la instalación y el pago deben haber finalizado antes del 31 de diciembre de 2024 y el abono de las cantidades se debe haber realizado mediante transferencia, tarjeta de crédito o ingreso en cuenta y estar justificado. No se admitirán pagos en efectivo, algo que deja muy claro la Agencia Tributaria en su texto.
Cómo incluir la deducción por el coche eléctrico y el cargador en la renta 2024
Para aplicar la deducción por la compra de tu coche etiqueta 0 en la declaración de la renta tendrás que ir al grupo de casillas que se encuentran entre la 1916 y la 1927; después se abrirá una nueva ventana que solicitará todos los datos y en la casilla 0607 se reflejará el importe de la deducción aplicable en tu declaración.
En el caso del punto de recarga el procedimiento para obtener la deducción en el IRPF es el mismo pero en este caso hay que hacerlo entre las casillas 1929 y 1935, se abrirá otra ventana que pedirá todos los datos y en la casilla 0607 aparecerá el importe de esta deducción.
Estas deducciones no significan que Hacienda te vaya a devolver esos importes directamente, como ocurre con la ayuda del Plan Moves III. Esos importes deducibles se aplicarán en tu declaración y en función del resto de tus ingresos harán variar el resultado final de tu renta, pero siempre será más favorable, tanto si tienes que pagar como si te sale a devolver.