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¿Cuántos impuestos pagas por invertir en criptomonedas? IRPF, Sociedades...

  • Las criptos se declaran en la casilla 389 de la Renta, "otras ganancias patrimoniales"
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Santiago Barón, Finect

Las criptodivisas fueron una de las sensaciones de los mercados el pasado año. Ese furor aupó a buena parte de las principales criptomonedas a su máximo histórico de cotización en 2021. Es el caso del bitcoin, que entre octubre y noviembre rozó los 70.000 dólares (cerca de 60.000 euros). La subida anual de la más popular de las divisas digitales fue del 65%.

Los inversores que se animan a dar el paso y apuestan por las criptodivisas son cada vez más. Alrededor del 14% de los inversores españoles tiene dinero en criptomonedas como bitcoin o ethereum, un porcentaje que se ha disparado en el último año, según la tercera edición del Observatorio del Ahorro y la Inversión de Bestinver y el IESE. Concretamente, hay más personas que han comprado criptos en España que aquéllas que tienen en su haber bonos corporativos o deuda pública.

Ahora bien, conviene conocer cómo tributa ante Hacienda esta realidad tan novedosa. Finect cuenta con un escaparate de bitcoin y criptomonedas donde se puede consultar información sobre estas monedas digitales.

La Comisión Nacional de los Mercados y Valores (CNMV) recuerda que los criptoactivos pueden ser elementos que dinamicen y modernicen el sistema financiero en los próximos años. Al mismo tiempo, el supervisor pone matices a la afirmación: hasta el momento, son una inversión compleja y arriesgada, además de poco regulada.

Las criptomonedas y su fiscalidad está siendo uno de los focos de la Agencia Tributaria. El fisco ha redoblado los esfuerzos para recoger y fiscalizar todas las operaciones con criptoactivos.

Bitcoin en la declaración de la Renta

Las personas que en algún momento del pasado año comprasen Bitcoin u otra moneda digital, deberán reflejarlo en la campaña de la Renta 2021. A efectos prácticos, la inversión en criptomonedas apenas varía de la forma de comprar o vender divisas, sobre todo a través de un bróker. Las criptomonedas se declaran en la casilla 389, destinada a "otras ganancias patrimoniales a ingresar en la base imponible del ahorro".

Para Hacienda, el dinero obtenido -o perdido- con las criptodivisas tiene consideración de ganancia o pérdida patrimonial. Es decir, un propietario de Bitcoin pagará entre un 19% y un 26% en el IRPF en la próxima declaración. Hasta este año pasado el tope se fijaba en un 23%. Desde 2022 el Gobierno incluye un cuarto tramo que ya se verá en la Renta 2021.

La Agencia Tributaria establece que a los primeros 6.000 euros de ganancia patrimonial se les aplica un 19%, que sube al 21% para los siguientes 44.000 euros (tramo 6.000 a 50.000 euros). Cuando el declarante afirma haber ganado con inversiones en criptodivisas más de 50.000 euros pero menos de 200.000 durante un ejercicio, el tipo sube al 23%. El último tramo que ahora se estrena, grava el 26% de las ganancias superiores a los 200.000 euros.

¿Qué pasa en el escenario contrario, cuando hay pérdidas? El declarante puede compensarlas con ganancias en concepto de transmisión de otros elementos patrimoniales. Tendrá los cuatro ejercicios siguientes de la Renta para llevar a cabo esa compensación.

Pero, ¿cómo se calcula la ganancia patrimonial de una criptomoneda? Supongamos que una persona ha comprado a lo largo del año bitcoins y les ha sacado tajada: ese sujeto compró bitcoin a 6.000 euros y lo vendió a 30.000 euros meses después. Durante la declaración de la Renta debe reflejar que tuvo una ganancia de 24.000 euros, a la que se aplicará un tipo impositivo del 21% (salvo a los primeros 6.000 euros, que tributan al 19%).

Otros impuestos de las criptodivisas

Hacienda avisa desde 2017 que las criptomonedas están sujetas al impuesto sobre el patrimonio. En otras palabras, el valor de la cripto se suma al cálculo del patrimonio del declarante, igual que ocurre con las acciones o con los fondos de inversión.

Además, las monedas digitales tributan un 25% en el Impuesto de Sociedades, según la diferencia de cuánto costó la criptomoneda al comprarla y el beneficio de la venta. Asimismo, se puede añadir un 10% de amortización por deterioro de valor.

Impuestos por cambiar criptos

Un error muy habitual es pensar que no es necesario tributar por el dinero ganado al canjear unas criptomonedas por otras. Nada más lejos de la realidad. En estos casos Hacienda entiende que hay una alteración en la composición del patrimonio por la que se tributa, ya que hay un cambio en su valor.

La lógica de Hacienda es la siguiente: una persona que invierte 1.000 euros en bitcoin y al cabo de un mes decide invertir en ethereum ese dinero (ahora con un valor de 2.000 euros, por ejemplo), está ganando dinero (una ganancia patrimonial). Además, en teoría, ese inversor deberá tributar de forma individual por todos y cada uno de los cambios en la Renta.

Cuidado con las multas

El Gobierno aprobó la nueva ley de fraude fiscal en 2021. Ésta hace hueco a las multas por no declarar en tiempo y forma las criptomonedas. El texto recoge la obligación de informar a los titulares de las criptomonedas guardadas en el extranjero. Y amplía la obligación a sus beneficiarios, personas autorizadas y cualquiera que pueda disponer de ellas. "Las monedas virtuales situadas en el extranjero de las que se es titular, o respecto de las cuales se tenga la condición de beneficiario o de autorizado o de alguna otra forma se ostente poder de disposición. Custodiadas por personas o entidades de servicios para salvaguardar claves criptográficas privadas de terceros. Para mantener, almacenar y transferir monedas virtuales".

La nueva legislación advierte: "Constituyen infracciones tributarias no presentar en plazo y presentar de forma incompleta, inexacta o con datos falsos las declaraciones informativas". Las sanciones pueden ser elevadas, concretamente "5.000 euros por cada dato o conjunto de datos referidos a cada moneda virtual individualmente considerada según su clase, que hubiera debido incluirse en la declaración, o hubieran sido aportados de forma incompleta, inexacta o falsa, con un mínimo de 10.000 euros".

Es obligatorio informar en el modelo 720 de declaraciones de bienes y derechos en el exterior sobre la posesión de criptomonedas en el extranjero. La traducción es que un usuario deberá incluir sus criptoactivos en este modelo.

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