Bolsa, mercados y cotizaciones
Las cotizadas dejan de estar obligadas a dar resultados trimestrales a partir del 3 de mayo
- Solo tendrán que hacerlo de forma semestral
elEconomista.es
Madrid,
Aunque era algo que ya se venía haciendo cada vez más en el resto de Europa, sobre todo en el mercado francés y en el británico, las compañías que coticen en el parqué español dejarán de estar obligadas a presentar sus cuentas cada trimestre, y solo tendrán que hacerlo al acabar cada una de las dos mitades del ejercicio.
Esta medida entrará en vigor el próximo 3 de mayo, en plena presentación de resultados del primer trimestre, que precisamente comenzó ayer con las cuentas anunciadas por Enagás.
Corresponde a la Ley 5/2021 de 12 abril, que modifica el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital (LSC), aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y otras normas financieras, en los que respecta al fomento de la implicación a largo plazo de los accionistas en las sociedades cotizadas.
La citada norma, en su artículo sexto, punto 14, por el que se suprime el artículo 120 de la Ley del Mercado de Valores, recoge que los emisores cuyas acciones estén admitidas a negociación en un mercado regulado español o en otro mercado regulado domiciliado en la UE, cuando España sea Estado miembro de origen, dejarán de estar obligados, desde dicha fecha, 3 de mayo, a remitir a la CNMV y publicar sus declaraciones intermedias de gestión o informes financieros trimestrales.
Será voluntario
A partir de la citada fecha, las compañías podrán continuar publicando información trimestral, de forma voluntaria pero, al no ser información regulada, ya no podrán hacerlo a través del trámite de la sede electrónica de la CNMV denominado IPP (Información Financiera Intermedia de entidades emisoras de valores admitidos a negociación), sino como Otra Información Relevante, o bien, en el caso de que así proceda, comunicarla como Información Privilegiada.
Fuentes consultadas por elEconomista apuntan a que el hecho de que en España se tuviese la obligación de presentar las cuentas de forma obligatoria cada tres meses era algo ya poco común en el Viejo Continente y lo que se hace con esta medida es homogeneizar la estructura española con la europea, como ya se ha hecho en otros muchos apartados.
Y ojo, porque esta decisión entrará en vigor en solo dos semanas, por lo que muchas compañías todavía no habrán anunciado sus resultados trimestrales y, de hecho, podrían no hacerlo, ya que quedará a su voluntariedad hacerlo, según explican desde el propio regulador. Hasta el cierre de esta edición, ninguna compañía cotizada ha hecho declaraciones sobre la nueva medida adoptada, la cual, además de pretender ponerse al día con la legislación europea, tiene como objetivo final reducir la volatilidad que hay en cada temporada.