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Escuelas católicas remite una nota a los colegios insistiendo en la legalidad de los donativos a los colegios concertados

    Foto: Archivo.

    Xavier Gil Pecharromán

    La patronal de la enseñanza religiosa Escuelas Católicas se ha mantenido contactos con los Ministerios de Enseñanza y Hacienda para confirmar si existe una campaña de revisión general de la Agencia Tributaria sobre las deducciones de los donativos entregados por los padres a los colegios concertados.

    En una nota dirigida a los colegios católicos, con el ruego de su difusión a los padres de alumnos, Escuelas Católicas constata que no ha cambiado la normativa reguladora ni el criterio interpretativo de la Agencia Tributaria sobre este asunto. Además, piden tranquilidad, explicando que han constatado que no existe una campaña generalizada de revisión de estas deducciones.

    No obstante, esta entidad explica que fue una respuesta del Gobierno del 30 de enero a una pregunta parlamentaria presentada en noviembre la que, al parecer, provocó en los medios de comunicación todo el conjunto de noticias e interpretaciones alarmistas.

    "Sin embargo, el Ministerio de Hacienda se limita a recordar en ella los preceptos legales en vigor y la postura actual respecto a dichas deducciones, reiterando su legalidad siempre que se cumplan los requisitos de la Ley 49/2002", de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, señala la nota.

    La misiva de Escuelas Católicas concluye asegurando que: "nos ha sorprendido la magnitud y repercusión mediática de este asunto. Sabemos que existen distintas organizaciones y sectores interesados en restringir la escuela concertada; por ello no sería aventurado pensar que estamos ante una campaña para desestabilizar nuestro sector y generar incertidumbre e inseguridad entre los miembros de nuestras comunidades educativas. Es el momento de mantener la calma y permanecer unidos en defensa de la libertad de enseñanza y de nuestro modelo educativo".

    Tal y como informaba ayer elEconomista, el Tribunal Supremo, en sentencia de 27 de noviembre de 2015, reconocía la legalidad de estos cobros por los colegios, puesto que el ordenamiento solo sanciona la conducta consistente en impartir las enseñanzas propias del concierto contraviniendo el principio de gratuidad y la imputación de esta infracción requiere la acreditación de unos hechos que sean encuadrables en dicha descripción típica. Es decir, si no están encuadradas en los términos del concierto no violan el principio de gratuidad.

    La Dirección General de Tributos, por ejemplo, en una consulta vinculante de 15 de febrero de 2016 repetida posteriormente en varias ocasiones-, advierte que de acuerdo con el artículo 68.3 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, que regula los donativos y donaciones dinerarios, de bienes o de derechos, "para que las aportaciones efectuadas puedan ser consideradas donación, cuestión esencial para determinar la procedencia o no del derecho a deducir, han de concurrir las notas que caracterizan a éstas, como son: su carácter voluntario y el ánimo de liberalidad con que se realizan.

    La misiva de Escuelas Católicas es similar a la que remitió el pasado 29 de noviembre de 2018, pidiendo tranquilidad y prudencia a las familias y a los centros concertados y a los propios centros ante la noticia aparecida aquél día en los medios de comunicación, según la cual las aportaciones voluntarias no pueden considerarse donaciones y, por tanto, no serían susceptibles de desgravación.

    En aquella ocasión concluía afirmando, que: "Escuelas Católicas llevará a cabo las actuaciones necesarias con las administraciones públicas para clarificar una situación que, de confirmarse, supondría un grave perjuicio para muchas familias y otra vuelta de tuerca injustificada contra la enseñanza concertada".