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Los tipos de Sociedades de grupos bancarios y seguros, los más altos

  • Los bancos tributan en consolidación fiscal un 22,34% sobre su base imponible
Foto: Archivo.

Xavier Gil Pecharromán

Seguros y bancos conforman los grupos empresariales que mayores tipos reales pagan en el régimen de consolidación fiscal del Impuesto sobre Sociedades en relación con sus bases imponibles.

En el caso de los aseguradores -27 grupos-, el tipo efectivo es del 23,33 por ciento y el de los bancos -40 grupos- alcanza el 22,34 por ciento, para unas bases imponibles totales de 1.855 millones de euros para las primeras y de 2.607 millones para las segundas.

Las cifras de negocios declaradas en 2016, último ejercicio publicado por la Agencia Tributaria, ascienden a 143.219 millones de euros para las entidades de crédito y da un total de 42.748 millones de euros para las aseguradoras.

La CEOE considera que el tipo efectivo se usa de "manera incorrecta", ya que emplea el correspondiente a los beneficios para tratar de medir la presión fiscal de las empresas, ya que el Impuesto sobre Sociedades se paga sobre la base imponible positiva.

Así, los tipos de los grupos consolidados de la banca tributan sobre los beneficios con un tipo efectivo del 2,48 por ciento, mientras que las aseguradoras lo hacen al 13, 74 por ciento.

Destaca en este aspecto, que entre las empresas no acogidas a la consolidación fiscal son también las aseguradoras las que mayor tipo medio alcanzan, tanto sobre su base -23,84- como sobre los beneficios -26,93-. Los bancos, por su parte, tributan al 23,60 por ciento sobre su base y al 24,24 por ciento sobre los beneficios.

El régimen de consolidación fiscal supone que las distintas sociedades que lo integran se consideren a efectos del Impuesto sobre Sociedades como un sujeto pasivo único, tributando el grupo por la suma de bases imponibles de todas las sociedades que lo integran, permitiendo compensar de forma automática los beneficios y pérdidas obtenidas por las distintas sociedades del grupo.

La consolidación fiscal es el resultado del sumatorio de las bases imponibles individuales de las entidades residentes en España, ajustado por las eliminaciones que corresponden por las operaciones intragrupo.

Existen. Por otra parte, se incluyen consideraciones sobre el perímetro del grupo y de la se determinan los ajustes en la base imponible y de los gastos deducibles bajo el prisma del grupo fiscal como un único contribuyente.

Empresa dominante

Para que un grupo de empresas pueda acogerse al régimen de consolidación fiscal es preciso que exista una empresa dominante y otras dependientes participadas directa o indirectamente en al menos un 75 por ciento -un 70 por ciento en caso de empresas cotizadas-.

Además, se trata de un régimen especial de acceso voluntario -opcional-, lo que supone que los grupos de entidades que cumplan los requisitos establecidos y decidan sumarse, no estarán obligados a tributar en el régimen individual del Impuesto sobre Sociedades de las entidades incluidas en el grupo.

Los tipos efectivos sobre la base imponible de las sociedades que componen los sectores industrial y agrícola -incluida la energía- alcanza el tipo más bajo -el 15,94 por ciento- frente a un 5,13 por ciento. Mientras, la mayor diferencia entre los tipos efectivos sobre la base y los beneficios corresponde a a la construcción y actividades inmobiliarias -19,71 y 3,51 por ciento-.

Estas diferencias son menores entre las empresas independientes, no adheridas al sistema de consolidación fiscal.

El tipo medio efectivo es del 22,66 por ciento sobre las bases imponibles frente a 16,93 con respecto a los beneficios. En el caso de los grupos consolidados el primer tipo es del 18,96 y del segundo sobre el 5,99 por ciento.

Las grandes empresas tributaron a un tipo efectivo sobre los beneficios en el Impuesto sobre Sociedades del 6,14 por ciento en 2016, inferior al 7,54 por ciento por el que tributaron en 2015, mientras que el resto de empresas lo hicieron al 15,4 y la media del conjunto de empresas pagó al 10,18 por ciento.