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Claves para cumplir la Ley de información no financiera
- El 77% del Ibex 35 publica sus procedimientos contra la corrupción
- En 2017, 875 empresas presentaron reportes, un 6% más que en 2016
Xavier Gil Pecharromán
Madrid,
El Proyecto de Ley sobre información no financiera y diversidad, aprobado esta semana en el Senado, supondrá que las sociedades de capital definidas como grandes y los grupos que formulen cuentas consolidadas con más de 500 trabajadores tendrán que reflejar en su informe de gestión los datos relativos al impacto medioambiental y social de todas sus sociedades dependientes, que serán además verificados por un tercero independiente.
EY ha elaborado el informe Novedades sobre información no financiera y diversidad, que recoge los cinco pasos que deben dar las empresas para cumplir con la futura Ley y establece una metodología clave para preparar correctamente dicha información.
En España ya existen precedentes de este tipo de informes. Así, el año pasado 875 empresas españolas presentaron reportes de información no financiera, un 6 por ciento más que en 2016 , y según un análisis realizado por EY más del 40 por ciento de las empresas del Ibex 35 han verificado con un tercero dicha información presentada junto a sus últimas cuentas anuales en base a estándares internacionales.
El 71 por ciento de las empresas del Ibex 35 informa sobre el proceso de identificación de los asuntos clave para la compañía y sus grupos de interés. Asimismo, el 20 por ciento reporta datos detallados sobre la identificación, evaluación y control de los riesgos no financieros.
Además, que el 50 por ciento aporta datos sobre sus procedimientos para prevenir vulneraciones de los Derechos Humanos. Por otro lado, el 77 por ciento de las empresas publica información sobre sus procedimientos o normas contra la corrupción y el soborno. Sin embargo, solo el 34 por ciento describe su estrategia de negocio con objetivos y métricas de seguimiento.
El informe de EY recomienda a las empresas seguir cinco pasos para cumplir con la futura Ley:
Diagnóstico
Las empresas deben analizar cuáles son los requisitos del Proyecto de Ley que les faltan por cumplir e identificar si, además de la información sobre políticas, están recopilando y publicando información sobre el rendimiento y los riesgos sobre aspectos medioambientales, sociales y relativos al personal, de derechos humanos, anticorrupción y soborno, así como sobre la sociedad en sus propias operaciones y en la cadena de valor.
Redacción de Políticas
Sobre los temas relevantes para los que aún no se ha formulado una política concreta, se debe determinar qué tipo de procesos o procedimientos se aplican en la compañía con carácter informal y, así definir en qué casos se responderá a través de una política formal -aprobada por el Consejo- o a través de una política de nivel operativo. Así, se determinará si ésta será elaborada y se reportará sobre ella o se explicará el motivo de su ausencia.
Medición de resultados
Considera EY que resulta fundamental analizar el progreso de las políticas con indicadores de desempeño cuantitativos (KPI) y compararlos en el tiempo.
'Reporting'
Las empresas deben preparar y presentar un estado de información no financiera al mismo tiempo que el informe de gestión. En el caso de omitir ciertas cuestiones por no considerarlas relevantes, el Proyecto de Ley exige justificar expresamente esta decisión. De esta forma, EY recomienda, seguir ocho pasos a la hora de preparar el estado de la información no financiera:
Gobernanza: debe encargarse a un área o grupo de personas que se encargue de elaborar la memoria y de centralizar la información.
Materialidad: se debe analizar los temas relevantes de la información no financiera que se van a incluir y definir las métricas y KPI a publicar para gestionar el desempeño y mitigar los riesgos asociados.
Petición y recogida: al solicitar la información es conveniente establecer fichas que agrupen los datos cuantitativos de cada área.
Análisis de la información: es recomendable analizar la correcta recopilación de los datos y, para ello, se sugiere involucrar a los responsables de auditoría interna con el fin de asegurar la calidad y fiabilidad de la información reportada.
Con respecto a la redacción del estado de información no financiera:
Verificación externa: la información ofrecida deberá ser verificada por un prestador independiente de servicios de verificación.
Aprobación: el estado de información deberá ser firmado por todos los administradores de la sociedad y éstos serán los que deberán responder de la veracidad de estos. Si falta la firma de alguno de ellos se debe explicar la causa.
Publicación: la divulgación del documento debe ser gratuita, en la página web de la compañía, durante los primeros seis meses desde la finalización del ejercicio y deberá permanecer disponible al menos durante cinco años.
Verificación
El objetivo es obtener evidencias de que el estado de información no financiera está libre de cualquier error significativo.
Actuación del auditor de cuentas
La actuación del auditor de cuentas se limitará solo a la comprobación de que la citada información se ha facilitado en los informes correspondientes. Los auditores de cuentas y las sociedades de auditoría únicamente deben comprobar que se haya facilitado el estado de información no financiera. En este sentido, se ha procedido a modificar la redacción del artículo 35 de la Ley de Auditoría de Cuentas, sobre el informe de auditoría de cuentas anuales de entidades consideradas de interés público a efectos de esa Ley, para incluir y precisar la actuación de los auditores de cuentas, tanto en relación con los estados de información no financiera, como sobre la información de diversidad incluida en el informe anual de gobierno corporativo de las sociedades cotizadas.