Santander: La condena retroactiva por el impuesto AJD es contraria a la ley
"La sentencia es contraria a la jurisprudencia del Tribunal Supremo recientemente establecida sobre el reglamento del impuesto de Actos Jurídicos Documentados y la establecida con carácter general sobre la cláusula de imposición de este gasto al sujeto pasivo del impuesto designado como tal por la norma", explican desde la entidad.
Además, añaden, la decisión del juez es "manifiestamente contraria al artículo 9 de la Constitución" -seguridad jurídica- y a las disposiciones del real decreto-ley recientemente aprobado, que "expresamente" establece que será aplicable a los hechos imponibles devengados a partir de su publicación en el BOE el pasado 10 de noviembre.
El banco señala que el fallo conocido hoy contradice a otro dictado en la misma fecha en el mismo juzgado "aunque por distinto magistrado", que desestimó una demanda asimismo referente al pago de este impuesto tras valorar que debía pagarlo el prestatario, es decir, quien suscribió la hipoteca.
Por todas estas "graves razones" el SANTANDER (SAN.MC)adelanta que recurrirá en apelación la sentencia ante la Audiencia Provincial de Málaga.