Las nuevas medidas de fomento del trabajador autónomo, en 'Iuris&Lex'
- Mejoras en la Tarifa Plana y la incorporación tras la maternidad
elEconomista.es
El pasado 25 de octubre de 2017 se publicó la Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, que modifica el Estatuto del Autónomo y que introduce en el sistema 16 medidas para impulsar el número de profesionales, fomentar su empleabilidad, la jubilación activa, así como flexibilizar los trámites. Se introducen aspectos que tratan de mejorar la calidad del trabajo autónomo y afectan a aspectos básicos como formación, estabilidad y seguridad laboral.
Consulte aquí Iuris&Lex, la revista jurídica digital de elEconomista.
Iuris&Lex, la revista jurídica digital de elEconomista -que desde hoy puede descargarse en www.Ecoley.es- recoge que la mayoría de las medidas serán efectivas a partir del próximo 1 de enero de 2018. Una de las más destacadas es la ampliación del periodo de vigencia de la Tarifa Plana, que pasa de los actuales seis meses a un año. Se trata de una de las medidas más populares que introdujo la Ley de Emprendedores, aprobada en 2013 para impulsar el autoempleo, que consiste en el pago de una cuota mensual reducida a la Seguridad Social en calidad de autónomo, de 50 euros en lugar de los 267,03 euros que constituyen la cuota mensual mínima en 2017, y de la que se han beneficiado ya más de 1,25 millones de personas.
Inicialmente se aprobó sólo para menores de 30 años pero, debido a la gran acogida recibida, el Ministerio de Empleo llevó a cabo una primera ampliación para su aplicación a todos los trabajadores autónomos con independencia de su edad.
Los requisitos actuales no cambian. Los trabajadores por cuenta propia o autónomos que causen alta inicial o que no hubieran estado en situación de alta en los dos años previos, a contar desde la fecha de efectos del alta, en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, tendrán derecho a una reducción en la cotización por contingencias comunes, incluida la incapacidad temporal, que quedará fijada en la cuantía de 50 euros mensuales durante los 12 meses inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta, en el caso de que opten por cotizar por la base mínima que les corresponda.
Leve movimiento legislativo
En este nuevo número de noviembre de Iuris&Lex se refleja un poco de movimiento legislativo después de meses de sequía. No obstante, la máquina legislativa no ha cogido ritmo, aunque tampoco hace falta que lleguemos a los excesivos niveles de legislaturas anteriores. Tampoco se puede ser excesivamente optimista, porque una buena parte de los textos que se han publicado en el BOE o se han remitido como proyectos a las Cortes son transposiciones de normativas comunitarias.