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Rechazado el recurso conjunto contra 26 'swaps' del Santander

    Foto: Archivo

    Pedro del Rosal

    El Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo (TS) ha desestimado, por causa de inadimisión, los recursos presentados de forma conjunta por 26 demandantes, por los swaps suscritos con el Banco Santander. La razón es que ninguna de las acciones individualmente consideradas superan los 600.000 euros exigidos para el acceso a los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal, según determina la sentencia, de 19 de junio.

    Demandantes

    La demanda inicial, que acumulaba las acciones de los 26 demandantes -entre los que se encontraban 24 sociedades y dos personas físicas-, fue rechazada en Primera Instancia al considerar el juzgado que las mercantiles no podían tener la consideración de consumidores.

    La Audiencia Provincial, por su parte, desestimó el recurso de apelación, pero manifestó que resultaba dudoso el criterio del juzgado de acumular las acciones de nulidad por error en el consentimiento.

    Finalmente, el TS, en un fallo del que ha sido ponente el magistrado Arroyo Fiestas, analiza las reglas de la determinación de la cuantía en los casos de acumulación de acciones. En este supuesto, determina que las acciones acumuladas no provienen del mismo título, dado que el swap de cada litigante es de distinta naturaleza.

    Al no ser acumulables, por lo tanto, la cuantía del litigio debe fijarse por la acción de mayor valor, que no supera los 600.000 euros. Por lo que la Sala también estima como causa de inadmisión la utilización simultánea para el acceso a los recursos las vías de la cuantía y la del interés casacional, que son excluyentes.