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Los expertos exigen penalizar más el despido improcedente

  • Los juristas apoyan el aumento de indemnizaciones frente a las pagadas por los ceses de trabajadores ajustados a la ley
Foto: Archivo

Xavier Gil Pecharromán

Los expertos en Derecho Laboral y en gestión empresarial están de acuerdo en la necesidad de que se eleven las indemnizaciones en los despidos improcedentes frente a la que se impone en los considerados procedentes como consecuencia del carácter sancionador que tienen las primeras y para evitar la actual facilidad con que se está recurriendo a este tipo de despidos.

Así quedó patente ayer en una jornada sobre el Contrato Laboral Único, organizada por Deloitte Abogados, en la que el magistrado del Tribunal Supremo jubilado, Aurelio Desdentado Bonete, destacó que uno de los límites que tiene la propuesta del contrato único defendido por algunos partidos políticos en estas próximas elecciones generales es la que establece el artículo 37 de la Constitución que establece el derecho al trabajo que tienen todos los españoles.

Explicó el magistrado que este Derecho ha sido definido por el Tribunal Constitucional como el derecho a no ser despedido sin justa causa, lo que conlleva una reacción adecuada del ordenamiento jurídico para defender a los trabajadores y evitar que se les despida de manera injustificada.

Esta doctrina del Tribunal Constitucional hunde sus raíces en el Convenio 158 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT), que defiende una reacción del sistema que conlleve la readmisión o la indemnización.

Explicó el magistrado que el rechazo generalizado que obtuvo la primera propuesta del contrato único se debió a que planteaba tan solo una tabla de indemnizaciones, iguales tanto para los despidos procedentes como para los que no se ajustan a la legislación, puesto que el despido improcedente entra dentro de la rama del Derecho indemnizatorio.

Esta incidencia ha sido superada en las subsiguientes propuestas del contrato único, al plantear los expertos una doble escala de compensaciones para los trabajadores, una más elevada que la otra.

Así, Pablo Gimeno, profesor de la Universidad Carlos III de Madrid, se mostró partidario de que se desincentive el despido improcedente, pero además, ha abogado por penalizar los contratos temporales para lograr una estructura productiva basada en la estabilidad.

Libertad de empresa

En la misma línea se pronunció Alberto Santos, asociado del área de laboral de Deloitte, partidario de eliminar los contratos temporales. Sin embargo, el magistrado Aurelio Desdentado advirtió que una prohibición de los contratos temporales chocaría con el artículo 38 de la Constitución, que reconoce la libertad de empresa, ya que el empresario tiene derecho a ordenar sus medios de producción y la Constitución Española permite que pueda acudir al contrato temporal.

José Ignacio Conde-Ruiz, subdirector de la Fundación de Estudios de Economía Aplicada (Fedea), defendió que el contrato único solucionaría la temporalidad y apostó por que sustituya a todos los existentes, sólo para nuevos contratos, y por limitar los temporales a las sustituciones por interinidad.