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Las empresas se plantean adelantar el pago de dividendos a diciembre para evitar pagar más impuestos

  • El año pasado se dio un fenómeno parecido tras el acuerdo fiscal de PSOE y Podemos
Vita de la mesa de ponentes en las Jornadas Nacionales del REAF.

Xavier Gil Pecharromán
Valencia,

Las empresas debaten estos días la posibilidad de adelantar el pago de dividendos a diciembre con la intención de evitar la subida de impuestos acordada el año pasado en el pacto presupuestario acordado por PSOE y Podemos y tras los anuncios de que un nuevo Gobierno de ambas formaciones pueda elevar los impuestos.

Las empresas quieren evitar así una posible tributación del 5% de los dividendos repatriados del exterior con la que el Ejecutivo calcula que para el año que viene podría recaudar 1.776 millones en un año. Se trata de reducir la exención a los dividendos de las filiales extranjeras de empresas españolas, que ya han tributado en el extranjero, del 100% al 95%. Un 5% en total. 

El decano del Colegio de Economistas de Valencia, Juan José Enríquez ha reconocido que "existe un cierto interés en mover dividendos en diciembre antes de que se pueda producir una reforma impositiva que eleve la tributación".

No obstante, Luis del Amo, secretario general del REAF, ha advertido, que si en lugar de incorporar esta subida de impuestos a los Presupuestos de 2020, el Ejecutivo opta por aprobarlo a través de un decreto-ley antes de que acabe el año, adelantar el pago de dividendo no serviría de nada.

El año pasado puede que se produjese este mismo efecto, tal y como se puede comprobar en el informe de recaudación de diciembre la Agencia Tributaria en la Agencia Tributaria. En esas fechas, PSOE y Podemos preveían aprobar esta medida en los Presupuestos Generales del Estado para 2019, que finalmente no fueron avalados por el Congreso de los Diputados.

En su intervención, el decano ha solicitado un régimen transitorio, puesto que estima que con esta rebaja en la exención en los dividendos y las ganancias de capital que se obtengan las filiales españolas en el extranjero tributarían a un tipo efectivo del 1,25 % (que se obtiene  de multiplicar el 5 % de la renta de la sociedad por un tipo del 25% que es el tipo en tarifa, el tipo nominal). 

Así, si la filial repartiese este dividendo a las compañías más elevadas en la pirámide del grupo y estas a su vez lo hiciesen también, hasta llegar a la matriz, compañía superior a compañía superior tributando por ese 1,25% hasta acabar en la matriz, se produciría un efecto en cascada, que llevaría a que se acabase tributando por el 5%.

El decano de los economistas valencianos ha recordado que este mismo efecto se daba hace años con el "denostado" Impuesto sobre el Tráfico de Empresas.

La memoria anual de recaudación de la Agencia Tributaria muestra que la exención de doble imposición es la partida que más afecta al cálculo de la base imponible del impuesto de sociedades y, por tanto, la que más contribuye en las grandes empresas a la gran diferencia entre el tipo efectivo (6,14%) y el nominal (25%).

Las cifras  de recaudación de la Agencia revelan que las sociedades registraron un resultado contable positivo de 198.202 millones de euros durante 2016, último año con datos disponibles. De esta cantidad, las empresas se descontaron 105.332 millones por dividendos y beneficios recibidos de sus filiales en otros países para evitar la doble imposición.

El artículo 4.3 de la Directiva  2011/96/UE del Consejo, de 30 de noviembre de 2011, relativa al régimen fiscal común aplicable a las sociedades matrices y filiales de Estados miembros diferentes, otorga a los Estados miembros de la UE la posibilidad de reducir la exención  siempre que su cuantía no exceda el 5 % de los dividendos, que es lo propuesto por Unidas Podemos y aceptada por el PSOE en el proyecto de Presupuestos de 2019.