Legal

La justicia avala el desahucio de familias vulnerables con menores si ocupan ilegalmente viviendas públicas

  • Dice que no pueden beneficiarse frente a las que acuden a la vía legal
Dos agentes de la Policía entran a desalojar una vivienda. | EP

Eva Díaz
Madrid,

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) avala el desahucio de una familia en situación de vulnerabilidad con dos hijos menores de edad que habían ocupado una vivienda de la Comunidad de Madrid destinada a fines sociales.

La Comunidad de Madrid alegó que la vivienda tenía enganches ilegales para obtener suministros, que la familia tenía ingresos (1.200 euros al mes) para compartir piso mientras accedía a una vivienda pública, que los servicios sociales podían atenderles y que tenían gente en lista de espera con menores que intentaban acceder a una vivienda sin recurrir a formas ilegales.

El TSJM, en una sentencia del 28 de marzo de la que fue ponente la magistrada Ana María Jimena Calleja, indica que la jurisprudencia del Tribunal Supremo insiste en que "la presencia de menores o personas especialmente vulnerables en el domicilio no constituye un impedimento absoluto para que pueda ser autorizada la entrada en el domicilio". Eso sí, siempre que el juez compruebe antes de autorizar el desalojo constate que la Administración ha tomado las medidas adecuadas para que cause el menor impacto sobre los ocupantes, sin necesidad de que estas medidas pasen por proporcionar una alternativa ocupacional.

En el caso, se demostró que la Comunidad de Madrid se había puesto en contacto con los servicios sociales de la propia región como del Ayuntamiento de Madrid para que se tomaran las medidas de protección que procedieran.

"La eventual vulnerabilidad social que se intenta hacer valer frente a las medidas de recuperación posesoria del inmueble supondría permitir que los ciudadanos que han optado por la vía de ilegalidad se benefician, frente a personas vulnerables, que han optado por el camino de la legalidad, en uso y disfrute de una vivienda pública", dice el fallo.

Además, señala que no hay impedimento para que los padres se pongan a trabajar y, por tanto, avala el desalojo por ocupación ilegal.