Legal
Un tribunal otorga la custodia compartida a una pareja para no separar a un menor de su mascota
- El padre recurrió la sentencia que otorgaba a su pareja el cuidado total de su hijo con necesidades especiales
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Paula Carreño
Podría parecer un caso de divorcio normal y corriente: una pareja que se divorcia tendrá que criar a su hijo en régimen de custodia compartida. La novedad viene cuando descubrimos que la sentencia también aplica al perro del menor, es decir, que la custodia compartida será tanto para el niño como para la mascota. Así lo ha dictaminado la Audiencia Provincial de Vizcaya después de que el padre presentase un recurso contra la sentencia inicial, que reservaba la custodia total a la madre del menor.
En primera instancia el juzgado reservó la custodia exclusiva a la madre alegando que, por necesidades del menor, su cuidado precisaba de rutinas en las que era ella la que estaba presente mientras el padre trabajaba. Por esto, en el informe que elabora el tribunal se desaconsejó la custodia compartida, estableciendo al mismo tiempo una pensión alimentaria de 300 euros y una compensatoria de 200 euros para la exmujer, a la que también se le otorgaría la vivienda en exclusiva.
No obstante, el padre decidió presentar un recurso en el que alegaba que su trabajo no era incompatible con los cuidados que proporcionaba a su hijo. Además, dado que ambos progenitores mantenían una estupenda relación, no habría porque desaconsejar la custodia compartida, alegando así mismo que el hogar familiar podría usarse como "casa nido" (los progenitores se van turnando en la casa sin que el menor salga de la misma para no afectar a sus rutinas).
El niño necesita rutinas que el perro le proporciona
Es preciso subrayar que un informe pericial previo señalaba que el niño requería de unas necesidades especiales por tener diagnosticado un retraso global en el desarrollo, para cuyo tratamiento se aconsejaba el mantenimiento de rutinas y hábitos, un aspecto clave a la hora de decidir en qué régimen se criará tanto él como su perro, ya que el animal le ayuda a mantener dichas rutinas.
De este modo el juzgado alega que la condición del hijo en en ningún caso puede ser impedimento para poder instaurar una custodia compartida, sobre todo porque no existe prueba alguna que acredite que el progenitor paterno no puede proporcionar al menor los cuidados que requiere.
Así, la nueva resolución establece que la actividad laboral del padre es compatible con el cuidado del menor, por lo que también lo es la custodia compartida. "El padre ha demostrado que es capaz de asumir todas las responsabilidades que implica tal custodia, y por ello es evidente que será capaz de gestionar los recursos que estime necesarios para garantizar en todo momento el bienestar del menor".
Al primar los intereses del menor, la Audiencia estableció en una sentencia publicada en junio de 2023 que su mascota deberá permanecer en la casa familiar al igual que el niño, teniendo que asumir los gastos de ambos el progenitor que esté cada semana con ellos.