Hacienda gravará los cigarrillos electrónicos y las bolsas de nicotina a partir del 1 de abril
- Fija la fecha tras caer el real decreto 'ómnibus' que la establecía
Eva Díaz
Madrid,
El Ministerio de Hacienda gravará el tabaco electrónico a partir del próximo 1 de abril, tal y como se establece en la Orden publicada este viernes en el BOE.
El Real Decreto-ley del 23 de diciembre, conocido como el decreto ómnibus, que aprobaba varias medidas como la revalorización de las pensiones ya establecía esta fecha para subir los impuestos a los vapers. Sin embargo, después de que la norma decayera el 22 de enero por falta de apoyos en el Congreso de los Diputados, dejaba la fecha en el aire.
El nuevo gravamen se aplicará a los líquidos de los cigarros electrónicos, de modo que se pagará 0,15 euros por mililitro si el producto contiene menos de 15 miligramos de nicotina por mililitro o 0,20 euros por mililitro si la concentración de nicotina es mayor.
La nueva Orden de Hacienda aprueba el modelo de autoliquidación del nuevo impuesto. La declaración será mensual, como en el caso del resto de productos del tabaco.
Tendrán que pagar este nuevo impuesto las personas o empresas que fabriquen, almacenen y distribuyan el tabaco electrónico, así como quienes los importen o adquieran dentro de la UE para vender en España. También puede afectar a comerciantes como gasolineras.
Además, la Administración tributaria también gravará las bolsas de nicotina, cada vez más en auge. Se trata de un artículo que en apariencia se parece a un pequeño sobrecillo de azúcar, pero que contiene nicotina, y que el consumidor se coloca entre la encía y el labio para que se libere la nicotina y el sabor. En este caso, el impuesto será de 0,10 euros por gramo.
Asimismo, también se gravará cualquier producto que contenga nicotina, también a 0,10 euros el gramo.
Los consumidores podrán notar una subida de los precios a partir de esta primavera.