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Así es el nuevo impuesto que gravará a las multinacionales con un tipo del 15% paga recaudar 1.000 millones

  • El grueso de países europeos rechazan obligar a tributar a filiales extranjeras
  • Temen conflictos fiscales y represalias comerciales de otros países
  • De los 138 países que avalaron el tributo, solo el 25% lo aplica
La vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero. | Efe

Eva Díaz
Madrid,

El Congreso de los Diputados aprobó este lunes parte del dictamen del Ministerio de Hacienda para sacar adelante el Proyecto de Ley para crear un impuesto complementario al de Sociedades, que gravará a las multinacionales y grandes compañías con un tipo de, al menos, el 15%. El texto pasará ahora al Pleno del Congreso, donde se prevé que los partidos de Gobierno sumen apoyos suficientes para su aprobación y, después llegará al Senado para obtener el 'sí' definitivo.

Aunque la Agencia Tributaria no ha dado un cifra estimada de la recaudación de este nuevo tributo, los economistas prevén que el fisco ingrese entorno a 1.000 millones de euros al año. La norma será votada en los próximos días por el Pleno del Congreso y, si sale adelante, pasará al Senado para su aprobación.

España llega tarde en la puesta en marcha de este nuevo impuesto, que debía aprobar antes del 31 de diciembre de 2023, tal y como exigía la Directiva de la UE que fijó las bases comunes del tributo.

El impuesto mínimo global del 15% fue acordado por 138 países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) para aplicarlo a las compañías que ingresaran más de 750 millones de euros al año cuyos beneficios estuvieran insuficientemente gravados. El impuesto afectará a 830 grupos con negocio en España.

Tres impuestos en uno

Tanto en nuestro país como en el resto de jurisdicciones que lo apliquen, el nuevo tributo realmente consistirá en tres impuestos diferentes.

Primero está el llamado impuesto complementario nacional que gravará a las multinacionales españolas y grandes compañías que paguen un tipo en Sociedades inferior al 15%. Este tributo entrará en juego para obligar a todas ellas a pagar, al menos, este 15%.

Después está el impuesto complementario primario. Esta figura se crea para garantizar que las filiales que tengan los grupos españoles en el extranjero, también tributen al menos por un 15%. En el caso de que no lo hagan, porque el país en el que se sitúan no obliga a ello, entonces la matriz española pagará a Hacienda la diferencia de tributación de su filial.

Finalmente está el impuesto complementario secundario, y el más polémico, que establece que si un grupo multinacional extranjero tiene una filial en España y ese grupo, en su país, no tiene que pagar el impuesto mínimo del 15%, nuestro país gravará aquí a esa filial con ese 15%.

La UE se queda sola

A pesar de que la UE obliga a los países miembro a poner en marcha este nuevo impuesto acordado en la OCDE, muchas grandes potencias que lo apoyaron, como EEUU u otros países emergentes como China o India no lo han aplicado. Es más, solo lo han puesto en marcha un 25% de los países que lo acordaron.

En la UE, ya lo aplican 18 de los 27 países que la conforman. Quedan por implementarlos Chipre, Polonia, Portugal y España, mientras que otros cinco países (Estonia, Letonia, Lituania, Malta y Eslovaquia) lo han aplazado a 2029 porque la Directiva permite hacerlo si tienen menos de 12 multinacionales.

Miedo a gravar las filiales extranjeras

La gran polémica de este tributo llega por el lado del impuesto complementario secundario que grava a las filiales extranjeras cuya matriz no esté sujeta a este 15%. Por ejemplo, si EEUU no aprueba el tributo, España tendrá que gravar con este 15% a las filiales norteamericanas que estén instaladas en nuestro país.

De momento, ninguno de los 18 países de la UE que ha puesto en marcha este gravamen está aplicando el impuesto complementario secundario, según refleja un artículo publicado por el Observatorio Fiscal de la Unión Europea el pasado 5 de noviembre. Además, fuera de la UE, países como Reino Unido y Suiza que sí han implementado el impuesto mínimo, tampoco grava a las filiales extranjeras, mientras que Islandia también prevé aplicar el impuesto complementario nacional y primero, pero no el secundario.

El artículo destaca que los países europeos temen que gravar a las filiales extranjeras les genere conflictos comerciales y fiscales y les provoque represalias en materia de comercio exterior.