El Gobierno retrasa a marzo la obligación de dar de alta a los becarios en la Seguridad Social
- Da tiempo a empresas y universidades a adaptarse a la nueva obligación
- Una media de tres millones de alumnos al año realizan prácticas de formación
- El coste máximo por alumno será de 9,92 euros al mes
Eva Díaz
Madrid,
El Gobierno ha retrasado hasta el 31 de marzo de 2024 la nueva obligación de dar de alta y baja en la Seguridad Social a los becarios no remunerados, que tendrán que cotizar a partir del nuevo año.
El Ejecutivo ha introducido este cambio en el Real Decreto-ley de medidas urgentes para paliar los efectos de los conflictos de Ucrania y Oriente Próximo, publicado el 28 de diciembre en el BOE, con el objetivo de dar margen a las empresas o universidades a poder hacer dicha gestión. "Se establece un plazo excepcional, que finalizará el día 31 de marzo de 2024, para comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social las altas y las bajas en la Seguridad Social correspondientes al inicio o finalización de las prácticas formativas no remuneradas a las que se refiere la referida disposición adicional quincuagésima segunda que tengan lugar en el período comprendido entre el 1 de enero y el 20 de marzo de 2024", señala el texto.
Cabe recordar que el Real Decreto-Ley 2/2023, del 17 de marzo, para sostener la hucha de las pensiones estableció la nueva obligación para las empresas de cotizar por los becarios no remunerados a partir del 1 de enero de 2024. Si empresas y universidades o centros de Formación Profesional (FP) lo pactan, podrían asumir la cotización los centros de educación.
Este nuevo deber carga a los sujetos obligados de gestiones en materia laboral para la que no tienen suficiente personal, por ello el Gobierno a retrasado la obligación. Al año hacen prácticas una media de 3 millones de alumnos, de los que la mitad proceden de centros universitarios y la otra mitad, de FP. Las gestiones pasan desde conseguir un número de identificación para el alumno, avisar a la Seguridad Social cuando se inician y finalizan las prácticas o informar de la cotización cada trimestre.
Coste de 10 euros al mes por alumno
El Gobierno también publicó en ese Real Decreto-ley las cuantías de cotización. Así, consistirá en una cuota empresarial, por cada día de prácticas y por alumno, de 2,54 euros por contingencias comunes excluida la prestación de incapacidad temporal y de 0,31 euros por contingencias profesionales (0,16 euros corresponderán a la contingencia de incapacidad temporal y 0,15 euros a incapacidad permanente y muerte y supervivencia), sin que pueda superarse la cuota máxima mensual por contingencias comunes de 57,87 euros y por contingencias profesionales de 7,03 euros. No obstante, como la cuota por contingencias comunes está bonifica al 95%, el resultando por cada día de prácticas será de 0,13 euros, sin que pueda superarse la cuota máxima mensual de 2,89 euros. De este modo, el pago máximo por mes por alumno sería de 9,92 euros por día, la suma de 7,03 euros por contingencias profesionales y de 2,89 euros por contingencias comunes. O lo que es lo mismo, 29,76 euros por trimestre.
A pesar de que es un volumen reducido para las empresas, varias compañías ya están echando para atrás los acuerdos con los centros formativos para coger alumnos ante el incremento del coste que les supone.