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El TC rechaza el recurso de una asociación automovilística contra los colores que usa Madrid para delimitar el aparcamiento

  • Señala que se había añadido una queja no invocada en la vía judicial
Aparcamiento en Madrid marcado con líneas verdes. Nacho Martín.

Eva Díaz

El Tribunal Constitucional (TC) ha desestimado el recurso interpuesto por la Asociación de Automovilistas Europeos (AEA) que defiende que el Ayuntamiento de Madrid no puede utilizar otro color que no sea el azul para delimitar las zonas de aparcamiento.

La Sala Primera del TC, en una sentencia de la que ha sido ponente el Presidente Cándido Conde-Pumpido Tourón, ha desestimado por unanimidad el recurso de amparo y, por tanto, confirma las resoluciones del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) del 27 de abril de 2016 y la del Tribunal Supremo del 13 de noviembre de 2019, que consideraron que el Ayuntamiento de Madrid, por medio de ordenanza, podía señalizar el aparcamiento regulado con marcas de colores diferentes del azul.

La asociación aducía en la demanda de amparo que las resoluciones judiciales que habían desestimado los recursos interpuestos contra los artículos de la Ordenanza de Movilidad de la Ciudad de Madrid de 28 de mayo de 2014, que delimitaba los distintos tipos de plaza de aparcamiento limitado mediante marcas viales de colores distintas del azul (las de color verde y las discontinuas azules y naranjas) vulneraban el derecho a la tutela judicial efectiva, el derecho a la igualdad y el derecho a la libre circulación por el territorio nacional.

El Constitucional inadmite la queja referida a la libre circulación por el territorio nacional al apreciar que, como no había sido invocada en la vía judicial, no cumplía un requisito procesal -el establecido en el artículo 44.1 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional- y, por tanto, no procedía entrar a examinarla. El resto de las quejas han sido desestimadas por no concurrir las vulneraciones constitucionales denunciadas.

La AEA inició esta batalla hace una década por considerar que el consistorio madrileño incumplía el Reglamento General de Circulación que señalaba que las plazas de estacionamiento afectadas por la limitación horaria solo podían delimitarse con el color azul.