Legal

El Supremo afea a la Audiencia de Barcelona que ignore su doctrina en hipotecas multidivisa

  • El Alto Tribunal tumba varios fallos de la Justicia catalana a favor de la banca
Varias sucursales en una calle.

Eva Díaz

El Tribunal Supremo afea a la sección 15 de la Audiencia Provincial de Barcelona que ignore de manera reiterada la aplicación de la jurisprudencia marcada por el Alto Tribunal en materia de hipotecas multidivisas (las que se conceden en una moneda distinta al euro, como francos suizos o yenes japoneses). El Supremo, tras los recursos interpuestos por Asufin, ya ha emitido hasta cinco sentencias, aunque se esperan más, en las que anula los fallos de la Audiencia de Barcelona respecto a estas hipotecas que en todos los casos dieron la razón a los bancos.

En las cinco sentencias del Alto Tribunal a las que ha tenido acceso este periódico, fechadas entre el 11 y el 21 de abril de este año, el ponente y magistrado Pedro José Vela Torres, recuerda que para que una cláusula multidivisa supere el control de transparencia, es decir que no sea abusiva, debe acreditarse que el cliente debía ser consciente de que el riesgo de fluctuación de la moneda en que se referencia el préstamo puede influir en el importe de las cuotas periódicas de amortización y que también puede influir en la cantidad que haya que amortizar en total, es decir, que puede acabar pagando más dinero que el préstamo que recibió.

Argumentos sin relevancia

Sin embargo, la Audiencia Provincial de Barcelona dio la razón a los bancos en unos casos por considerar que el cliente ya tuvo anteriormente a la hipoteca un crédito multidivisa y, por tanto, conocía su funcionamiento; en otro caso porque la clienta cobraba su salario en dólares en vez de en euros y por tanto estaba familiarizada con la moneda extrajera; también porque el empleado de la entidad "informó verbalmente" al cliente de los riesgos; o porque un consumidor que tenía la hipoteca en euros la pasó a los once meses a otra divisa, haciéndolo por voluntad propia cuando podría haber continuado en euros.

Consulta el vídeo completo de Eli Defferary sobre las hipotecas multidivisas.

El Supremo señala en los fallos que la Audiencia Provincial de Barcelona han "contrariado" su jurisprudencia y que los hechos que el tribunal catalán considera relevantes para decidir que las cláusulas impugnadas superan el control de transparencia "carecen de tal relevancia respecto a nuestra jurisprudencia".

El Supremo añade que "tiene poca relevancia" que la iniciativa de contratar estas hipotecas proceda de los propios consumidores, "pues, en cualquier caso, el banco debía cumplir con la exigencia de suministrar la información precontractual necesaria". Asimismo, recuerda que la falta de transparencia de estas cláusulas provoca "un grave desequilibrio" para los clientes, "en contra de las exigencias de la buena fe". De hecho, en uno de los casos sobre los que se falló, un cliente, a los años de pagar mensualmente las cuotas de su hipoteca, seguía debiendo más del crédito inicial que contrató a causa de la fluctuación de la moneda extranjera.

Marisa Protomártir, responsable jurídica de Asufin, señala que se puede calificar la actitud de la Audiencia Provincial de Barcelona de "beligerante" con relación a la multidivisa por querer desoír y no acatar las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que le vinculan y las del Tribunal Supremo, que aunque no le vinculan, han creado la suficiente jurisprudencia. "Al no hacerlo y pronunciarse de forma totalmente ajena a ello, está obligando al consumidor a instar al Supremo con los costes añadidos que ello supone y el menoscabo en tiempo, igualmente. Con relación a la multidivisa hay jurisprudencia creada, reiterada y consolidada", dice Protomártir.