Los niños españoles tendrán un poco más de libertad a partir de este domingo 26 de abril, pues podrán salir por las cercanías de sus hogares para aliviar el confinamiento por coronavirus. Para los padres a los que todavía les quede alguna, desde Informalia le resolvemos las principales cuestiones al respecto, según las medidas lanzadas por el Gobierno.
En primer lugar, los niños que podrán salir a la calle son los menores de 15 años. Podrán hacerlo una vez al día, por los alrededores de sus casas sin superar el kilómetro de distancia y durante una hora. Entre las actividades que tienen permitidas, se encuentra la de dar un paseo acompañados siempre por un adulto o un hermano mayor.
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Podrán salir a la calle hasta tres niños juntos por cada adulto, siempre que convivan en el mismo hogar. No podrán jugar en los parques, aunque si está permitido el uso de un juguete personal, como una pelota o un patín, para entretenerse durante el paseo. Y muy importante, deberán en todo momento respetar las distancias de seguridad con otros niños y adultos.
Al mismo tiempo, los padres deben tener en cuenta las horas a las que pueden salir sus hijos. Deben hacerlo entre las 9 de la mañana y las 9 de la noche, evitando las horas 'puntas', a las que se prevé que puedan haber más personas por la calle.
En cuanto a las zonas comunes de la comunidad, las medidas las toma cada bloque de vecinos. Eso sí, es importante seguir las medidas esenciales para evitar el contagio como la de no compartir juguetes y la de mantener en todo momento la distancia de seguridad entre ellos.
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También podrán acompañar a sus padres a la hora de realizar las siguientes actividades, recogidas en el artículo 7 del Real Decreto 463/2020: la adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad; asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios; retorno al lugar de residencia habitual; asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables; desplazamiento a entidades financieras y de seguros; actividades por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
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